MP C/ GABRIEL ALEXANDER ESPINOZA EPUYADO
Rol
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que mantuvo prisión preventiva del imputado Dangelo José Rojas López. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, no existiendo controversia respecto de los presupuestos materiales se estima que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para acreditar los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes previsto en el artículo 3 de la Ley N°20.000 y tenencia de fuegos de artificio, previsto en el artículo 9 de la Ley N°17.798 en relación con el artículo 2 letra f) del mismo cuerpo legal. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, se advierte que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo en consideración el número y naturaleza de delitos por los cuales ha sido formalizada la investigación, la pena de crimen asignada al tráfico ilícito de drogas, el hecho de haber sido condenado anteriormente por este último delito, la actuación en grupo o pandilla y la eventual forma de cumplimiento. Por estos fundamentos y no habiendo variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en vista al momento de decretar la medida cautelar, y visto lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de fecha veinticuatro de abril del año en curso, dictada por don Cristian Arturo Alfonso Durruty, Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que mantuvo la prisión preventiva respecto del imputado Dangelo José Rojas López. Devuélvase. Rol Penal N°479-202
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Puerto Montt, treinta de abril de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que mantuvo prisión preventiva del imputado Dangelo José Rojas López. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por l
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