ZAPATA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA
Rol
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA CON COSTAS
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña Alexandra Zapata González, abogada, por si, interponiendo recurso de protección en contra de la Municipalidad de Lo Barnechea, por haber incurrido dicha entidad edilicia en actuaciones ilegales y arbitrarias, al emitir el Decreto DAS N°4819/2024, de fecha 22 de noviembre de 2024, que declara su salud incompatible con el desempeño del cargo y la vacancia de su contrata. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que vulnera gravemente las garantías constitucionales consagradas en los numerales 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en cuanto a la igualdad ante la ley y respecto del derecho de propiedad, por lo que solicita se acoja el presente recurso y se declare la invalidación de la declaración de vacancia, ordenando su reintegro al cargo. Señala que con fecha 29 de noviembre de 2024, fue notificada mediante carta certificada prioritaria el Decreto DAS N°4819/2024, de fecha 22 de noviembre de 2024, emitido por el alcalde de la Municipalidad de Lo Barnechea, que declara su salud incompatible con el desempeño del cargo y declara la vacancia de su contrata en el mismo acto. Sostiene que, de acuerdo a dicho decreto, la declaración de salud incompatible se fundamenta en haber hecho uso de 220 días de licencia entre los años 2023 y 2024, excediendo los 6 meses de licencia médica en los últimos dos años de acuerdo a lo establecido en el artículo 148 del Estatuto Administrativo. Agrega que al quinto día de dicha notificación, interpuso reposición administrativa contra el precitado decreto, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2, 15 y 59 de la Ley 18.880, de la cual a la fecha no ha recibido respuesta. Relata que comenzó sus funciones en la Municipalidad en febrero de 2017, siendo contratada a honorarios para desempeñarse como abogada del departamento de licitaciones. Posteriormente, mediante Decreto DAS N°2335 de 14 de julio de 2017, se le designó en calida
Fundamentos
fundamentos de la municipalidad son meramente caprichosos, que el acto administrativo carece de razonabilidad y fundamentación para el caso en particular, ya que el motivo por el cual se encontraba con licencia médica era precisamente los actos de hostigamiento y acoso en su contra. Afirma que existe un abuso de poder, resultando arbitraria dicha decisión, por existir un sumario administrativo en contra de quien origina y solicita la desvinculación. Añade que también denunció ante la Contraloría General de la República al Director de Compras Públicas y Gestión de Contratos, a sus jefaturas y a quien resultare involucrado por faltas a la probidad administrativa, por consumo de alcohol durante la jornada laboral, denuncia ingresada con folio N°168.410 de fecha 29 de octubre de 2024, y que se encuentra en actual tramitación. Afirma que el acto recurrido atenta contra el principio de igualdad ante la ley, pues otras funcionarias con licencias médicas reiteradas no fueron desvinculadas, a pesar de que ella tiene salud recuperable según resolución del COMPIN. Argumenta violación al derecho de propiedad, a su patrimonio personal y el principio de confianza legítima, que transforma contratas reiteradas por más de 5 años en relaciones indefinidas. Invoca también vulneración a la libertad de trabajo, al impedírsele continuar ejerciendo funciones que desempeñó históricamente.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare la invalidación de la declaración de vacancia contenida en el Decreto DAS 4819 de fecha 22 de noviembre de 2024, se ordene el reintegro de la recurrente Alexandra Zapata González a su cargo, y se adopten todas las demás medidas que el tribunal estime pertinentes para el restablecimiento del derecho, con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que, a folio 13, informa la Municipalidad de Lo Barnechea, solicitando el rechazo en todas sus partes del recurso de protección, con expresa condenación en costas, fundado en las siguientes consideraciones: En primer término, sostiene que el relato de la recurrente es impreciso, carente de realidad y sin fundamentos. Expone que mediante Decreto DAS N°4819/2024 de fecha 22 de noviembre de 2024, se declaró la salud incompatible con el desempeño del cargo en calidad de contrata, profesional, grado 8 ocupado por la recurrente, por haber hecho uso de licencias médicas entre el 10 de abril de 2023 al 05 de mayo de 2024 por un total de 220 días, lo que excede los seis meses de licencias médicas en los últimos dos años establecido en el artículo 148 del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales. Añade que la recurrente presentó recurso de reposición, el cual fue rechazado dentro de plazo, en todas sus partes, encontrándose en proceso de notificación al momento de la interposición del presente recurso. Refiere que, contrariamente a lo aseverado
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C.A. de Santiago Santiago, treinta de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña Alexandra Zapata González, abogada, por si, interponiendo recurso de protección en contra de la Municipalidad de Lo Barnechea, por haber incurrido dicha entidad edilicia en actuaciones ilegales y arbitrarias, al emitir el Decreto DAS N°4819/2024, de fecha 22 de n
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