C/ PAUL ROUDENE
Rol
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que por sentencia de trece de enero de dos mil veinticinco en causa rol 2981-2023 se condenó al ciudadano haitiano PAUL ROUDENE a sufrir las penas de doscientos (200) días de presidio menor en su grado mínimo, en calidad de autor del delito de lesiones menos graves, más accesorias legales, y de tres multas a beneficio fiscal, cada una de cuantía de una unidad tributaria mensual, por faltas de lesiones leves; Segundo: Que respecto de esta sentencia se dedujo recurso de nulidad, el cual fue rechazado por la Octava Sala de esta Corte en ingreso 546-2025 el 28 de marzo de 2025. En el mismo acto, la defensa dedujo de manera subsidiaria recurso de apelación en contra de la decisión del tribunal a quo que determinó sustituir el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la medida de expulsión de territorio nacional, conforme a lo que dispone el artículo 34 de Ley de 18.216, solicitando como petición concreta que se sustituya el cumplimiento efectivo por la remisión condicional de la pena; Tercero: Que la parte apelante señala como agravio que “decisión que colisiona con los criterios legales dispuestos para considerar o no la existencia de un arraigo, así como desatendiendo las circunstancias particulares del caso, el tiempo que mi representado lleva en el país (7 años), y la ausencia de otras condenas previas, entre otras circunstancias relevantes”; Cuarto: Que como circunstancia no discutida se encuentra que el sentenciado se encuentra en situación migratoria irregular, sin que se haya acreditado que en el intertanto se haya regularizado la misma. La defensa en estrados, para acreditar arraigo, hace valer un certificado de cotizaciones previsionales, las que corresponden únicamente al año 2019; Quinto: Que, respecto de los antecedentes subjetivos para eventualmente acceder a la pena sustitutiva de remisión condicional se encuentran la naturaleza, modalidades y móviles de comisión del delito, estos se encuentran suficientemente
Fundamentos
considerando décimo sexto de la sentencia en alzada, compartiéndose los argumentos en ella vertidos. Por lo anterior, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 18.216 y compartiéndose los fundamentos de la sentencia en alzada, se confirma, en lo apelado, la sentencia de trece de enero de dos mil veinticinco en causa rol 2981-2023 del Quinto Juzgado de Garantía de Santiago, en cuanto ordena la expulsión del sentenciado PAUL ROUDENE. Comuníquese por la vía más rápida. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Penal-1621-2025. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra (I) señora Paula Rodríguez Fondón, conformada por el Fiscal Judicial señor Jorge Norambuena Carrillo y el Abogado Integrante señor Cristian Parada Bustamante. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, treinta de abril de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, treinta de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que por sentencia de trece de enero de dos mil veinticinco en causa rol 2981-2023 se condenó al ciudadano haitiano PAUL ROUDENE a sufrir las penas de doscientos (200) días de presidio menor en su grado mínimo, en calidad de autor del delito de lesiones menos graves, más accesorias legales, y d
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