WILBINSON NICOLAS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece la abogada Sra. Claudia Beatriz Loman, quien interpone recurso de amparo en representación y a favor de don Wilbinson Nicolas, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.101.399-1, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 23471633, de 30 de noviembre de 2023, mediante la cual rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país dentro del plazo de 10 días, lo que estima ilegal, pues vulnera su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Expone que el amparado ingresó al país en 2016, y posteriormente solicitó un permiso de residencia definitiva el 10 de diciembre de 2019, y dado el largo tiempo sin obtener una respuesta a su petición, dedujo un recurso de protección ante este Tribunal de Alzada, el que mediante sentencia definitiva, dictada en autos Rol 19191-2023 le ordenó al Servicio Nacional de Migraciones emitir un pronunciamiento. Refiere que ante dicha sentencia, la recurrida dictó la rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país dentro del plazo de 10 días, en razón de no haber remitido comprobante del pago de la sanción por residir de manera irregular. Añade que el 8 de agosto de 2024 se dio inicio al procedimiento sancionatorio en contra del amparado, aplicándole una multa por la suma de $263.604, monto que pagó en esa misma fecha, según el comprobante que adjunta. Indica que dedujo un recurso administrativo en contra de la decisión del Servicio, el que todavía no ha sido resuelto. Reclama que la resolución atacada resulta ilegal y desproporcionada, al no considerar que mantiene arraigo familiar, pues reside en Chile junto a su familia compuesta por su cónyuge y su hijo nacido en el país en 2023, y que además tiene arraigo laboral, en tanto se ha desempeñado laboralmente desde 2017, según los certificados que acompaña al recurso.
Fundamentos
considerando: Primero: Que la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, mediante esta acción se pide dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 23471633, de 30 de noviembre de 2023, mediante la cual se rechaza la solicitud de residencia definitiva del recurrente y el abandono del país dentro del plazo de 10 días, y, en su lugar, solicita se reabra el procedimiento a fin de acompañar el antecedente faltante, resolviendo luego conforme a derecho su solicitud. Tercero: Que, de los antecedentes acompañados, si bien consta que la autoridad recurrida rechazó la solicitud de residencia definitiva del actor, de conformidad al artículo 91 de la Ley N°21.325, por no haber adjuntado el comprobante de pago de la multa consagrada en el artículo 107 de la misma norma. Cuarto: Que, el recurrente ha acompañado a estos antecedentes el respectivo comprobante de pago de la referida multa, y considerando, además, que el amparado cuenta con arraigo social y familiar en Chile, toda vez que reside en el país desde el año 2016, época desde la cual ha formado un grupo familiar compuesto por su pareja y un hijo en común nacido en territorio nacional en 2023.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Wilbinson Nicolas, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 23471633, de 30 de noviembre de 2023, mediante la cual rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país dentro del plazo de 10 días, debiendo la recurrida emitir un nuevo pronunciamiento considerando el documento acompañado en esta instancia, y teniendo presente el arraigo familiar del recurrente, dictando la resolución como en derecho corresponda. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1121-2025.
Texto Completo (Preview)
Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de abril de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece la abogada Sra. Claudia Beatriz Loman, quien interpone recurso de amparo en representación y a favor de don Wilbinson Nicolas, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.101.399-1, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica