7º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

MINISTERIO PUBLICO C/ FRANCO ALFREDO AYALA FUENTES

Rol

Fecha

30 de abril de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: En los autos Rit 311-2024 del Segundo Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago, la defensa de Franco Alfredo Ayala Fuentes dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia de fecha veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco, que lo condenó como autor del delito de Robo con fuerza en lugar habitado perpetrado con fecha 12 de febrero de 2024, en la comuna de La Florida Funda el recurso en la causal del artículo 374 letra e.) en relación a la letra c.) del artículo 342, del Código Procesal Penal, causal que obedece a la falta de fundamentación de la sentencia, lo que la hace ser incompleta, infringiendo las normas previamente señaladas. Pide se declare la nulidad del juicio y la sentencia y se remitan los antecedentes al tribunal no inhabilitado que corresponda para que se proceda a la realización de un nuevo juicio. Visto el recurso se fijó la audiencia del día de hoy para la comunicación de la sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que la defensa funda el recurso en la causal del artículo 374 letra e.) en relación a la letra c.) del artículo 342, del Código Procesal Penal, causal que obedece según lo expresa a la falta de fundamentación de la sentencia, lo que la haría incompleta, infringiendo las normas previamente señaladas. Al respecto luego de trascribir los hechos acreditados, sostiene que se ha infringido el principio de la lógica, concretamente el principio de Razón Suficiente, lo que impide considerar que el

Fallo

fallo impugnado cumpla con los requisitos al dar por establecido la identificación del acusado, ni se analizó en profundidad la fiabilidad de la prueba de cargo. Para ello hace un análisis de los requisitos que contempla el artículo 297 del Código Procesal Penal para la ponderación de la prueba. Al respecto luego de reproducir el considerando décimo de la sentencia, sostiene que la Teoría de la Defensa consistió en solicitar la absolución del acusado por insuficiencia probatoria. La defensa argumentó que la principal prueba de cargo eran las imágenes de las cámaras de seguridad y que no se contaba con pruebas forenses que identificaran de manera indubitada al acusado como autor de los hechos. Además, se puso en cuestión la fiabilidad de los testimonios rendidos en juicio, especialmente aquellos que hicieron referencia a la identificación del imputado a partir de imágenes de video, sin contar con análisis técnico especializado. Lo anterior toda vez que el testigo Felipe Figueroa Díaz, no explica en modo alguno el modo en que elaboró el cuadro gráfico comparativo de imágenes de grabaciones del condominio afectado y aquella obtenida del control de identidad al que fue sometido el imputado en veinticuatro de marzo de dos mil veinticuatro, 12 días después de los hechos, señalando que aquella fue una diligencia de carácter general. Por su parte, el funcionario Cristóbal Díaz Poblete, realiza análisis comparativo de imágenes, sin contar con conocimientos de morfología. Al respecto

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de abril de dos mil veinticinco. Vistos: En los autos Rit 311-2024 del Segundo Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago, la defensa de Franco Alfredo Ayala Fuentes dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia de fecha veinticuatro de febrero de dos mil veinticinco, que lo condenó como autor del delito de Robo con fuerza en lugar habitado perpetrad

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