TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CHILLAN

MP FISCALIA LOCAL C/ CRISTIAN ANTONIO SANDOVAL MEDINA

Rol

Fecha

30 de abril de 2025

Materia

USURPACION DE NOMBRE.ART. 214.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: 1°.- Que, de acuerdo con las alegaciones de los intervinientes, se aprecia que no han variado las circunstancias que se tuvieron en vista al momento de decretar la prisión preventiva de la imputada Lorena Lagos Villegas. En efecto, los argumentos que ahora esgrime la Defensa en cuanto a la falta de participación corresponden a las diligencias realizadas a propósito de la detención de la encausada y que sirvieron de base a la formalización e imposición de medida cautelar y acusación presentada en su contra. 2°.- Que, consecuentemente, no existe un nuevo antecedente que derive en una conclusión distinta a la acreditación de los presupuestos materiales y de la necesidad de cautela que se establecieron al momento de decretar la medida privativa de libertad, sin que el solo transcurso del tiempo tenga como efecto la modificación de los presupuestos materiales acreditados por el tribunal a quo. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de veintiuno de abril del año en curso, que mantuvo la prisión preventiva respecto de Lorena Lagos Villegas. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase inmediatamente. N°Penal-325-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de veintiuno de abril del año en curso, que mantuvo la prisión preventiva respecto de Lorena Lagos Villegas. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase inmediatamente. N°Penal-325-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán GHS/gzz Chillán, treinta de abril de dos mil veinticinco. Visto: 1°.- Que, de acuerdo con las alegaciones de los intervinientes, se aprecia que no han variado las circunstancias que se tuvieron en vista al momento de decretar la prisión preventiva de la imputada Lorena Lagos Villegas. En efecto, los argumentos que ahora esgrime la Defensa en cuanto a la falta de participación cor

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