JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP C/ BRIAN JOEL VARGAS SOTELO.

Rol

Fecha

30 de abril de 2025

Materia

TRAFICO DE ARMAS (ART. 10)

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

hechos por los cuales se formalizó la investigación no aparecen corroborados en los antecedentes que obran en la carpeta investigativa, los cuales, por el contrario, en este estadio procesal aparece como suficientes para reforzar la presunción fundada de participación, por lo que se concluye que no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas en consideración para decretar la prisión preventiva del imputado. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad y naturaleza de los ilícitos, bienes jurídicos protegidos, penas asignadas, eventual forma de cumplimiento, el hecho de registrar antecedentes penales pretéritos y el haber actuado en grupo o pandilla, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución pronunciada en audiencia de veintiuno de abril del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, y se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Brian Joel Vargas Sotelo. El señor juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para su cumplimiento. Devuélvase vía interconexión. N° Penal-1399-2025

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se revoca la resolución pronunciada en audiencia de veintiuno de abril del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, y se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Brian Joel Vargas Sotelo. El señor juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para su cumplimiento. Devuélvase vía interconexión. N° Penal-1399-2025

Texto Completo (Preview)

San Miguel, treinta de abril de dos mil veinticinco Sala: Quinta Sala Rol Corte: 1399-2025 Penal. RIT: 3272-2023 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO Relator: Sebastián Vergara de la Rivera Digitadora: Carolina Orellana Medina Caratulado: MP. C/BRIAN JOEL VARGAS SOTELO Tipo de Recurso: Apelación cautelar personal Materia: tráfico de armas Escritos proveídos en audiencia: 2 (folios 3 y 4) San Migue

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