LOYOLA CASTRO OSCAR ADOLFO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE VALPARAISO
Rol
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece doña Dalet Ramírez Tenorio, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación de Óscar Adolfo Loyola Castro, quien actualmente cumple condena privativa de libertad en el C.E.T. Von Moltke Valparaíso, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, que sesionó en el primer semestre de 2025, por haber rechazado su postulación al beneficio de libertad condicional. Expone que su representado cumple con el tiempo mínimo exigido para postular —24 de septiembre de 2024—, y que mantiene una calificación de conducta “muy buena” durante los seis bimestres anteriores, de acuerdo a la información proporcionada por Gendarmería de Chile. Añade que el amparado satisface además los demás requisitos legales establecidos en el Decreto Ley N° 321 y su reglamento, no obstante, lo cual su solicitud fue rechazada. Sostiene que el actuar de la Comisión se torna ilegal y arbitrario, por cuanto habría exigido requisitos que exceden los establecidos por el ordenamiento jurídico vigente, afectando así su derecho a la libertad personal y seguridad individual, garantizados en los artículos 19 N° 7 letra b) y 21 de la Constitución Política de la República. Solicita que se acoja el presente recurso, y que en definitiva se restablezca el imperio del derecho disponiendo se otorgue al amparado el beneficio de libertad condicional. A folio 4, evacua informe la Jefa de la Unidad Centro de Educación y Trabajo de Valparaíso, remitiendo antecedentes relativos a la situación penitenciaria de don Óscar Adolfo Loyola Castro, interno del CET de Valparaíso. Informa que el amparado cumple condena desde el 10 de diciembre de 2014, con término previsto para el 2 de enero de 2030, registrando un total de 279 días de abono. El tiempo mínimo para postular a beneficios corresponde al 24 de septiembre de 2024. Se indica que cumple condena por el delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en los artícul
Fundamentos
fundamentos de la decisión de rechazo fueron debidamente ponderados, sobre la base de los antecedentes remitidos por Gendarmería de Chile. De la resolución acompañada consta que, en sesión de fecha 8 de abril de 2025, la Comisión de Libertad Condicional resolvió rechazar la solicitud de libertad condicional de don Óscar Adolfo Loyola Castro, fundado en que el informe de postulación psicosocial resultó desfavorable, al dar cuenta de que el interno no registra beneficios intrapenitenciarios, presenta riesgo medio de reincidencia, mantiene necesidades de intervención en diversas áreas, y registra consumo problemático de marihuana en estado de contemplación, encontrándose actualmente en proceso de intervención intramuros. A folio 7, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de la Constitución o de las leyes podrá recurrir por sí o por cualquiera a su nombre a la magistratura que señala la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, comparece en estos autos doña Dalet Ramírez Tenorio, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación de Óscar Adolfo Loyola Castro, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, fundada en que dicha autoridad habría actuado en forma ilegal y arbitraria al rechazar la solicitud de libertad condicional de su representado, solicitando que se revoque dicha decisión y se ordene concederle el beneficio solicitado. Tercero: Que, de los antecedentes aportados consta que, en el marco del proceso de libertades condicionales correspondiente al primer semestre de 2025, la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, mediante resolución de 8 de abril de 2025, resolvió rechazar la solicitud de libertad condicional presentada a favor del amparado, fundando dicha decisión en el informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, que calificó la postulación como desfavorable, dando cuenta de un riesgo medio de reincidencia, necesidades de intervención en diversas áreas, ausencia de beneficios intrapenitenciarios, y consumo problemático de marihuana, actualmente en tratamiento intramuros. Cuarto: Que, no se advierte de los antecedentes que la decisión cuestionada haya incurrido en ilegalidad o arbitrariedad manifiesta, por cuanto se fundó en informes técnicos elaborados conforme al procedimiento establecido en el Decreto Ley N° 321 de 1925 y su reglamento, Decreto N° 338 de 2020, ponderando los factores de riesgo de reincidencia y necesidades de intervención, tal como exige la normativa vigente. Así, la negativa a conceder el beneficio obedeció al ejercicio de facultades propias de la Comisión, dentr
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 letra b), 21 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Óscar Adolfo Loyola Castro. Notifíquese, regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. N°Amparo-1178-2025.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, treinta de abril de dos mil veinticinco. VISTOS: A folio 1, comparece doña Dalet Ramírez Tenorio, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación de Óscar Adolfo Loyola Castro, quien actualmente cumple condena privativa de libertad en el C.E.T. Von Moltke Valparaíso, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad
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