INOSTROZA/UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN
Rol
J-148-2023
Fecha
31 de julio de 2023
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 14 de junio de 2023, comparece doña Patricia Alejandra Inostroza Cea, secretaria, con domicilio en calle San Martín N° 511 departamento 42 de esta ciudad, representada por el abogado Claudio Andrés Vargas Chávez, con domicilio en calle Tucapel 564 oficina 61 de esta ciudad, quien deduce demanda ejecutiva en contra de su ex empleadora, Universidad de Concepción, Corporación Educacional de derecho privado, representada por su rector don Carlos Saavedra Rubilar, ambos domiciliados en calle Víctor Lamas N° 1290 de la ciudad de Concepción. Funda su demanda en que con fecha 23 de junio de 2003 ingresó a trabajar para la corporación demandada cumpliendo funciones de Secretaria al interior de dicho establecimiento educacional. Por dichas funciones se le pagaba una remuneración mensual que en promedio ascendió a la suma de $991.053. En lo pertinente a esta acción, y conforme acredita con documentos que acompaña, con fecha 31 de mayo de 2023, se le comunicó por escrito el término de su contrato de trabajo, decisión que se fundamentó en la causal establecida en el artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, esto es, por Necesidades de la Empresa. Según da cuenta la carta de despido, se le ofreció de manera irrevocable un pago por concepto de indemnización por años de servicio ascendente a $10.901.583, y una indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $991.053, totalizando ambas indemnizaciones la suma de $11.892.636, sin que a la fecha de presentación de esta demanda, y pese a su reiteradas consultas acerca de la fecha de pago de su finiquito (acompaña correo electrónico en otrosí) ha transcurrido ya con creces el plazo legal de diez días hábiles que la ejecutada tenía para solucionar sus prestaciones (hoy 14 de junio se cumple el día hábil número doce). Sostiene que la carta de aviso constituye un título ejecutivo laboral, conforme a lo dispuesto en el artículo 464 N°6 del Código del Trabajo y que la obligación objeto de la demanda es líqu
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 14 de junio de 2023, comparece doña Patricia Alejandra Inostroza Cea, representado por el abogado Claudio Vargas Chávez, quien deduce demanda ejecutiva en contra de la Universidad de Concepción, fundada en las consideraciones expuestas precedentemente y que se dan por expresamente reproducidas, en aras del principio de economía procesal, solicitando en definitiva tener por deducida demanda ejecutiva laboral en contra de la ejecutada, acogerla a tramitación y aceptándola, se despache el correspondiente mandamiento de embargo y ejecución por los montos reconocidos y adeudados, más reajustes, intereses, ordenándose seguir adelante hasta obtener el entero pago de lo adeudado, con costas. Solicita en el primer otrosí, se incrementen las indemnizaciones demandadas en hasta un 150%. _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl Código: JXJLXGLNTXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE SEGUNDO: Que, con fecha 30 de junio de 2023, comparece la abogada Antonia Cruz Pereira, en representación de la demandada ejecutiva Universidad de Concepción, y opuso a la ejecución la excepción de pago total de la deuda, por los fundamentos consignados en la expositiva y que se dan por expresamente reproducidos, solicitando tener por opuesta a la ejecución la excepción señalada. TERCERO: Que, con fecha 10 de julio de 2023, fue declarada admisible la excepción de pago opuesta, y se recibe la causa a prueba, fijándose como hecho sustancial, pertinente y controvertido el siguiente: “Efectividad de que la deuda de autos se encuentra pagada, total o parcialmente. Fecha y montos de los pagos.” CUARTO: Que, a fin de acreditar sus pretensiones el ejecutado acompañó los siguientes documentos: a) Nota D.P. N° 2023-123, de 31 de mayo de 2023, comunica aviso de término de contrato de trabajo a doña Patricia Alejandra Inostroza Cea; b) Impresión de correo electrónico de Karina Hernández de 8 de junio de 2023 dirigido a Pamela Sandoval, asunto: “suplementar pospre indemnizaciones”, y correos en cola de 9 de junio (Pamela Sandoval), 15 de junio (Karina Hernández), y 15 de junio (Pilar Galleguillos); c) Fotografía de libro de Notaría, indicando finiquitos recibidos con fecha 09 de junio de 2023; d) Correo electrónico de Karina Hernández de 09 de junio de 2023 dirigido, entre otros correos electrónicos, al correo patyinostroza6@gmail.com, asunto: “DISPONIBILIDAD FINIQUITO UDEC”; e) Finiquito puesto a disposición por Universidad de Concepción y suscrito por la ejecutante con fecha 12 de junio de 2023; f) Impresión de correo electrónico de Karina Hernández de 16 de junio de 2023 di
Fallo
se resuelve: I.- Que, se rechaza la excepción de pago planteada por la ejecutada. Sin perjuicio, practíquese nueva liquidación de la deuda, de conformidad al considerando undécimo de este fallo. II.- Que, se acoge la solicitud de incremento formulada por la parte ejecutante, la que se fija en un 50% de las indemnizaciones impetradas. _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl Código: JXJLXGLNTXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE III.- Que, se condena en costas a la ejecutada. IV.- Que, se ordena seguir adelante con la ejecución. RIT: J-148-2023 RUC: 23-3-0153903-7 Dictada por Ana María Fierro Oyarzo, Jueza del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción, a treinta y uno de julio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl Código: JXJLXG
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JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE Concepción, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. VISTO: Con fecha 14 de junio de 2023, comparece doña Patricia Alejandra Inostroza Cea, secretaria, con domicilio en calle San Martín N° 511 departamento 42 de esta ciudad, representada por el abogado Claudio Andrés Vargas Chávez, con domicilio en calle Tucapel 564
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