MP C/ JULIO CESAR MARTINEZ RIVAS
Rol
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: En los autos RUC 2201252261-8, RIT 521-2024, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, seguidos en contra de Julio César Martínez Rivas, en representación de este último, el abogado Álvaro Barraza Rodríguez interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de diez de marzo de dos mil veinticinco, que condenó a su representado como autor, en grado de desarrollo consumado, de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley Nº20.000, descubierto en esta ciudad el trece de diciembre de dos mil veintidós, a las penas principales de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio y multa de una unidad tributaria mensual, además de la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. El recurso se sustenta en la causal contemplada en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, en relación con los artículos 342 letra c) y 297 del mismo Código, por estimar el recurrente que en el establecimiento de los hechos que el tribunal a quo dio por acreditados, no se habría dado cumplimiento a las exigencias de dichas disposiciones legales. En la vista del recurso, que tuvo lugar el quince de abril de dos mil veinticinco, se escucharon alegatos, tanto por la defensa del referido imputado como por el Ministerio Público, abogando ambos por sus respectivas pretensiones y fijándose el día de hoy para la lectura del fallo. Oídos los abogados intervinientes y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, en la sentencia impugnada, en su considerando noveno, el tribunal a quo tuvo por acreditados los siguientes hechos: "Con fecha 13 de diciembre del año 2022, alrededor a las 16.15 horas, en calle Yungay con calle Rawson, Valparaíso, funcionarios policiales sorprendieron al imputado Julio César Martínez Rivas manteniendo en su poder y portando 33 envoltorios de papel cuadriculado contenedores de 2.11 gramos neto de cocaína base, una bolsa de nylon transparente con 168 envoltorios de papel cuadriculado contenedores de 5.54 gramos neto de cocaína base, la suma de $32.000 en dinero efectivo y dos teléfonos celulares, destinada a ser transferida a terceras personas" (sic). Segundo: Que, en el recurso, se pide la anulación del
Fallo
fallo y del juicio que lo antecedió, porque a juicio del recurrente, la sentencia impugnada habría incurrido en el motivo de nulidad previsto en el artículo 374 letra e), en relación con lo prescrito en los artículos 342 letra c) y 297, todos del Código Procesal Penal. Al valorar la prueba y dar por establecidos los hechos, habría vulnerado lo dispuesto en el artículo 297 del referido Código, por dos razones: haber vulnerado el principio de no contradicción y no haber fundado la prueba del elemento subjetivo del delito que dio por acreditado. Tercero: Que, en cuanto a lo primero, tras transcribir parte de las declaraciones de tres testigos que depusieron en el juicio, el recurrente destaca una discordancia entre los dichos de los testigos, en cuanto a si quien compraba la droga de manos del acusado permaneció en el lugar o si huyó y en qué dirección, contradicción que, en su concepto, permite afirmar que el fallo, al fundarse en tales declaraciones, infringe la regla lógica de no contradicción. Cuarto: Que, sin embargo, esta alegación del recurrente no puede ser aceptada. Conforme a la regla lógica de no contradicción, una misma cosa no puede ser verdadera y falsa a la vez. Contra lo que sugiere el recurrente, la existencia de alguna eventual contradicción entre dichos de testigos no significa que la sentencia que valore esas declaraciones incurra en decisiones contradictorias. Esta última clase de decisiones supone un apartamiento de la lógica consistente en realizar en el
Texto Completo (Preview)
Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, treinta de abril de dos mil veinticinco. Vistos: En los autos RUC 2201252261-8, RIT 521-2024, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, seguidos en contra de Julio César Martínez Rivas, en representación de este último, el abogado Álvaro Barraza Rodríguez interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de diez de marzo de dos mil
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica