ANONIMIZADO
Rol
Fecha
29 de abril de 2025
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes y teniendo presente lo establecido en el inciso 2° del artículo 89 de la Ley 19.947, se revoca la resolución de uno de abril de dos mil veinticinco, y se ordena al juez a quo dar tramitación a la demanda reconvencional de aumento de alimentos mayores y alimentos provisorios, formulada por la parte demandada al contestar la demanda principal. Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad, devuélvase. N°Familia-109-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán Chillán, veintinueve de abril de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes y teniendo presente lo establecido en el inciso 2° del artículo 89 de la Ley 19.947, se revoca la resolución de uno de abril de dos mil veinticinco, y se ordena al juez a quo dar tramitación a la demanda reconvencional de aumento de alimentos mayores y alimentos provisorio
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