1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN CARLOS

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

29 de abril de 2025

Materia

DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes y teniendo presente lo establecido en el inciso 2° del artículo 89 de la Ley 19.947, se revoca la resolución de uno de abril de dos mil veinticinco, y se ordena al juez a quo dar tramitación a la demanda reconvencional de aumento de alimentos mayores y alimentos provisorios, formulada por la parte demandada al contestar la demanda principal. Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad, devuélvase. N°Familia-109-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Chillán, veintinueve de abril de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes y teniendo presente lo establecido en el inciso 2° del artículo 89 de la Ley 19.947, se revoca la resolución de uno de abril de dos mil veinticinco, y se ordena al juez a quo dar tramitación a la demanda reconvencional de aumento de alimentos mayores y alimentos provisorio

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