SIN INFORMACION

LABORATORIO PASTEUR S.A./I. MUNICIPALIDBAD DE PUDAHUEL - (LTE) - VISTA CONJUNTA CON INGRESO CORTE N°593-2023 - VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

29 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados don Cristóbal Osorio Vargas, don Daniel Contreras Soto y don Fernando Abarzúa Vera, en representación de Laboratorio Pasteur S.A., empresa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley N° 18.695 -Orgánica Constitucional de Municipalidades- interpone reclamo de ilegalidad en contra de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel. Precisan que el recurso se dirige en contra del Decreto N° 3.904, de 25 de agosto de 2023, del Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Pudahuel, que resolvió en sede administrativa el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra (i) del Certificado de Informaciones Previas N° 589-2023 de la Dirección de Obras Municipales que cambió de criterio en cuanto a la zonificación aplicable al predio consultado, y (ii) de la omisión de la Dirección de Obras Municipales consistente en no haber dictado una resolución motivando su cambio de criterio, toda vez que pese a reconocer expresamente la ilegalidad cometida por esa dirección, omitió ordenarle otorgar un nuevo certificado de informaciones, de conformidad con la subzona C.4.2. del Decreto Supremo N° 10, de 1990, validando así, subrepticiamente, el cambio de criterio efectuado por la referida repartición edilicia. Refieren que la sociedad es propietaria del predio ubicado en Camino Apacible 634, Manzana G, Loteo Ciudad de Los Valles, comuna de Pudahuel, que se encuentra emplazado en el área urbana, zona C.4., subzona C.4.2. del Decreto Supremo N°10, de 1990, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Hacen presente que prácticamente la totalidad de los lotes del Loteo Ciudad de Los Valles cuentan con permisos de edificación -firmes y válidos- otorgados bajo la aludida zonificación C.4., subzona C.4.2. Relatan que el 12 de mayo de 2023, se solicitó a la DOM un Certificado de Informaciones Previas respecto del predio referido, que fue otorgado el 20 de junio del mismo año con el número 589, que informó que dicho inmueble se empl

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de abril de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados don Cristóbal Osorio Vargas, don Daniel Contreras Soto y don Fernando Abarzúa Vera, en representación de Laboratorio Pasteur S.A., empresa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley N° 18.695 -Orgánica Constitucional de Municipalidades- inter

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica