BANCO ITAU CHILE S.A/SERPA
Rol
Fecha
12 de mayo de 2025
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el treinta y uno de enero de dos mil veinticinco (folio N°5), en contra de la resolución que recibe el incidente a prueba de veintiocho del mismo mes y año (folio N°4 –cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado). Comuníquese. N°Civil-4409-2025.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el treinta y uno de enero de dos mil veinticinco (folio N°5), en contra de la resolución que recibe el incidente a prueba de veintiocho del mismo mes y año (folio N°4 –cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado). Comuníquese. N°Civil-4409-2025.
Texto Completo (Preview)
jtha C.A. de Santiago Santiago, doce de mayo de dos mil veinticinco. Al folio N° 6: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposició
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