SIN INFORMACION

MONTES/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DE DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos A folio 1, comparece Rosmi Orlandi Federica Montes Rojas, venezolana, con domicilio en Avenida Austral número 1890 de la comuna y ciudad de Puerto Montt, quién deduce recurso de reclamación de expulsión del artículo 141 de la ley 21.325 en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado Resolución Exenta N°1106 de fecha 28 de octubre de 2024, notificada a su persona el 11 de febrero de 2025, la que ordenó su expulsión del país, en base a los

Fundamentos

fundamentos que indica en su presentación. Sostiene que, hizo ingreso al país proveniente desde Venezuela, teniendo un paso previo por Colombia, a través del paso fronterizo de Colchane con fecha 23 de julio de 2024 de manera ilegal, dirigiéndose posteriormente a la ciudad de Puerto Montt. Luego, afirma que la recurrida dio inicio de un proceso sancionatorio en su contra el cual terminó en la resolución antedicha, imponiéndose a su respecto la sanción de expulsión del territorio nacional, la inclusión en el registro nacional de extranjeros y la prohibición de ingreso al país por el plazo de cinco años desde su abandono, ello por haber ingresado por paso no habilitado y eludiendo el control migratorio y no manteniendo vínculos familiares conforme lo señalado en el artículo 129 N°5 de la ley 21.325. Afirma que, ha buscado oportunidades laborales, manteniendo labores de ayudante de cocina en local Don Waffles ubicado en Avenida Austral y que la decisión señalada la afecta a ella como a su familia compuesta por su hermana mayor de 24 años de edad y mi hermano menor de 19 años. Sostiene que, dicho actuar vulnera la garantía del artículo 19 N°7 de la Constitución Política en cuanto a la libertad personal del recurrente, al no haberse respetado lo dispuesto en el artículo 129 de la ley 21.325 y el deber de fundamentación que le asiste a la autoridad pública, solicitando en definitiva que se acoja la presente acción y se ordene dejar sin efecto la Resolución Exenta N°1106, de fecha 28 de octubre de 2024, suspendiéndose la expulsión en su contra, con costas. A folio 4, se tuvo por interpuesto recurso de reclamación del artículo 141 de la Ley N° 21.325. A su vez, se ordenó la suspensión de los efectos de la Resolución Exenta impugnada, conforme lo establecido en la norma previamente señalada. A folio 7, consta informe evacuado por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, por haber sido dictada la orden de expulsión impugnada por la autoridad competente, con estricto apego a las normas vigentes en materia migratoria y con fundamentos suficientes conforme lo exige la ley. Al efecto, indica que el recurrente no registra ingreso al país por paso habilitado, y que con fecha 14 de julio de 2024, la Policía de Investigaciones de Iquique le notifica el inicio de un procedimiento sancionatorio conforme lo establece el artículo 132 bis de la ley 21.325, otorgando un plazo de 10 días hábiles para remitir los descargos pertinentes, cuestión que no fue efectuada en estos autos. Luego, con fecha 09 de septiembre de 2024 se efectúa la respectiva denuncia por parte de la PDI y con fecha 28 de octubre de 2024 se dictó la resolución de expulsión del país de la recurrente al advertirse el ingreso por paso irregular, siendo procedente lo dispuesto en el artículo 132 bis de la ley 21.325. Afirma que, la recurrente no acompañó antecedente alguno que fueran procedentes para resolver su situación migratoria y que la autoridad consideró el he

Fallo

Por estas consideraciones y visto los dispuesto en los artículos 91, 126 y 141 de la ley 21.325; se acoge el reclamo interpuesto por Rosmi Orlandi Federica Montes Rojas en contra del Servicio Nacional De Migraciones, dejándose sin efecto la orden de expulsión contenida en la Resolución Exenta N°1106 de fecha 28 de octubre de 2024. Remítase copia de la presente sentencia a la Policía de Investigaciones de Chile, para los fines pertinentes. Redacción a cargo de la abogada integrante María Paz Olavarría Pérez. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Contencioso Administrativo N° 17-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. Vistos A folio 1, comparece Rosmi Orlandi Federica Montes Rojas, venezolana, con domicilio en Avenida Austral número 1890 de la comuna y ciudad de Puerto Montt, quién deduce recurso de reclamación de expulsión del artículo 141 de la ley 21.325 en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado Resolución Exenta N°1106 de fe

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