JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOS VILOS

C/ KEVIN JOSE ROJAS RODRIGUEZ

Rol

Fecha

24 de abril de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: Teniendo presente, en cuanto al cuestionamiento letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, los antecedentes expuestos por el persecutor resultan, en este estadio procesal y a juicio de esta Corte, suficientes para entender que se encuentra justificada la existencia del delito según la calificación efectuada por el ministerio público, al describir el entorno del bien raíz afectado y la conducta desplegada por el agente al ser aprehendido. Que, asimismo, respecto a la necesidad de cautela, es menester tener presente que se trata de un delito pluriofensivo, que afecta dos bienes jurídicos y que, además de la pena probable, de crimen, cuenta el imputado con procesos pendientes, lo que justifica la imposición de la medida de cautelar de mayor intensidad. Por lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 140, 144, 149, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de quince de abril de dos mil veinticinco, transcrita en la carpeta digital, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Kevin José Rojas Rodríguez. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Espinosa, quien estuvo por revocar la decisión en alzada, estimando que, conforme el mérito de los antecedentes, y no encontrándose acreditados los supuestos materiales respecto a la fuerza ejercida, por ahora, sólo correspondería a calificar el hecho como un hurto tentado, siendo desproporcionada la cautelar impuesta. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator Braulio Meriño Urra. Devuélvase vía interconexión. Rol N°323-2025 Penal.-

Fallo

Por lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 140, 144, 149, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de quince de abril de dos mil veinticinco, transcrita en la carpeta digital, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Kevin José Rojas Rodríguez. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Espinosa, quien estuvo por revocar la decisión en alzada, estimando que, conforme el mérito de los antecedentes, y no encontrándose acreditados los supuestos materiales respecto a la fuerza ejercida, por ahora, sólo correspondería a calificar el hecho como un hurto tentado, siendo desproporcionada la cautelar impuesta. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator Braulio Meriño Urra. Devuélvase vía interconexión. Rol N°323-2025 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. Siendo las 11:18 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby, e integrada por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz y el Ministro titular señor Juan Carlos Espinosa Rojas, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la

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