1º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/SOCIEDAD DE INVERSIONES EMOL S.A

Rol

Fecha

24 de abril de 2025

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la resolución en alzada, con excepción de los

Fundamentos

fundamentos séptimo y octavo, que se eliminan. Y teniendo además presente: Primero: Que el incidentista de nulidad acreditó mediante copia de escritura pública de 26 de julio de 2018, que L señor Pablo Enrique Rosselot Correa se le revocaron poderes y dejó de ser el representante legal de la Sociedad de Inversiones Emol S.A. Además, que dicha modificación fue inscrita a petición de la misma sociedad el 6 de agosto de 2018 en el Registro de Comercio de Santiago, como consta en inscripción de fojas 56678, número 30639 del año 2018. Segundo: Que la notificación de la demanda ejecutiva en la presente causa se practicó el 17 de enero de 2020, conforme al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, al señor Pablo Rosselot Correa, quien ya no era representante legal como se indicó en el fundamento anterior. Tercero: Que, por otra parte, la recurrente de apelación, acreditó que tomó conocimiento del juicio ejecutivo el 10 de junio de 2024, esto mediante correo electrónico remitido por el antiguo represente legal a la sociedad ejecutada, en que menciona la causa seguida ante el tribunal a quo, lo cual es coincidente con que el 8 de junio de 2024, como el mismo refiere en su correo, se intentó efectuar un embargo en su domicilio particular, que es el primer hecho en virtud del cual pudo efectivamente haber tomado conocimiento de la causa. Por el contrario, los antecedentes aportados por la ejecutante de la causa Rol C-36354-2018 seguida ante el 13° Juzgado Civil, solo dan cuenta de haber tomado conocimiento el señor Pablo Rosselot y la aquí ejecutada de antecedentes de dicha causa, no desprendiéndose circunstancias que permitan inferir que tomó noticia de la existencia del proceso que motiva el presente ingreso. Cuarto: Que por haber tenido motivo plausible para litigar, no se condenará en costas a la parte ejecutante.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de trece de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por 1° Juzgado Civil de Santiago en la causa Rol Nro. C-33501-2019, por la cual se rechazó el incidente de nulidad, y en su lugar se decide que se acoge el referido incidente, deducido el trece de junio de dos mil veinticuatro y, en consecuencia, se declara nulo todo lo obrado en esta causa, teniéndose por notificada a la ejecutada de la demanda de acuerdo a lo que dispone el inciso segundo del artículo 55 del Código de Procedimiento Civil, sin costas. Devuélvase. Rol Corte Nro. 2124-2025 (Civil)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la resolución en alzada, con excepción de los fundamentos séptimo y octavo, que se eliminan. Y teniendo además presente: Primero: Que el incidentista de nulidad acreditó mediante copia de escritura pública de 26 de julio de 2018, que L señor Pablo Enrique Rosselot Correa se le revocaron poderes y dejó d

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