SIN INFORMACION

ADONES CARDENAS JEYSON ALEJANDRO/ GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

23 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que recurre de amparo Carolina Andrea Cárdenas Salas, en favor de su hijo Jeyson Alejandro Adones Cárdenas, en contra de Gendarmería de Chile. Indica que la persona en cuyo favor se recurre se encuentra cumpliendo una condena de 8 años en el Centro Metropolitano Norte de Til Til y que se encuentra en peligro de muerte. Añade que ha sido golpeado en múltiples ocasiones y que el 2 de abril del presente año cuatro individuos lo agredieron cuando estaba siendo trasladado al tribunal. Atendidos los hechos relatados, solicita se revise la causa. Segundo: Que, evacuando informe doña María Masihy Cattan, juez del 11° Juzgado de Garantía de Santiago, señala que el 5 de septiembre de 2023 se dictó sentencia definitiva por el 6° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago y se impuso al acusado menor de edad, Jeyson Adones Cárdenas, la pena de 8 años de internación en un Régimen Cerrado con programa de reinserción social. Agrega que en audiencia realizada ante el tribunal en causa RIT 5652-2022, de 14 de diciembre de 2023, se aprobó el plan de intervención y el tribunal se declaró incompetente para conocer del control de ejecución de la sanción, remitiendo los antecedentes al Juzgado de Garantía de Colina, por corresponderle a éste controlar su cumplimiento. Al respecto, añade que el 12 de febrero de 2024 el Juzgado de Garantía de Colina aceptó la competencia para controlar la ejecución de la sanción. Finalmente, hace presente que no se ha recepcionado por el tribunal ningún informe que dé cuenta que el sentenciado haya sufrido alguna agresión o haya sido objeto de amenazas, precisando que esa información puede haber sido enviada al Juzgado de Garantía de Colina, que es quien controla el cumplimiento de la sanción. Tercero: Que, a su vez, informa al tenor del recurso Gendarmería de Chile, indicando que el Subdepartamento de Servicios Especializados, encargados del traslado de personas que cumplen sentencias en el régimen del Sistema Cerrado,

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Jeyson Alejandro Adones Cárdenas, solo en cuanto se ordena remitir lo antecedentes por la vía más rápida al Juzgado de Garantía de Colina para los fines que fueren pertinentes. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°492- 2025 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintitrés de abril de dos mil veinticinco. Al escrito folio 12 y 16: A sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que recurre de amparo Carolina Andrea Cárdenas Salas, en favor de su hijo Jeyson Alejandro Adones Cárdenas, en contra de Gendarmería de Chile. Indica que la persona en cuyo favor se recurre se encuentra cumpliendo una condena de 8 años en el Centro Metropolit

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica