SIN INFORMACION

ASTUDILLO OLIVARES, ROSA DEL ROSARIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1ER. SEMESTRE DE 2025) Y OTRO

Rol

Fecha

23 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 15 de abril de 2025, comparece Francisco Maldonado Rodríguez, abogado, en representación de Rosa del Rosario Astudillo Olivares, interponiendo recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de La Serena y de Gendarmería de Chile, por haber denegado el beneficio de Libertad Condicional a su representada mediante resolución contenida en el Rol Sitcorte N°198-2025, de fecha 10 de abril de 2025, basándose en un informe psicosocial que, según alega, contiene errores en su fundamentación y omite información relevante. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que extiende de manera injustificada la privación de libertad de su representada, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal garantizado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se revoque la resolución señalada y se ordene conceder el beneficio de libertad condicional a su representada. Expone que su representada se encuentra cumpliendo condena impuesta por el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, en causa RIT N°153-2023/RUC N°2300125095-7, donde con fecha 12 de diciembre de 2023 fue condenada como cómplice del delito de tráfico ilícito de estupefacientes contemplado en el artículo 3 en relación con el artículo 1 de la Ley 20.000, a una pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, multa de 10 UTM, más accesorias legales, de carácter efectivo. Según la información proporcionada por Gendarmería de Chile, la amparada registra como fecha de inicio de condena el 16 de febrero de 2023, proyectándose su cumplimiento para el 01 de septiembre de 2027. Asimismo, su fecha de tiempo mínimo de postulación a libertad condicional se verificó el 01 de noviembre de 2024. Refiere que al considerar Gendarmería de Chile, mediante su Tribunal de Conducta, que su representada cumplía con todos los requisitos legales y reglamentarios fijados por el D.L. N°321 y su respectiva modificación, en

Fundamentos

fundamentos del rechazo, señalando que la Ficha Única de Condenado (FUC) indica que su representada presenta un bajo compromiso delictual (51,8), mientras que el Plan de Intervención Individual (PII) indica un riesgo medio de reincidencia. Además, sostiene que contrario a lo indicado por la Comisión, su representada no es consumidora de sustancia alguna. Expone que su representada ha mantenido una conducta destacable desde su ingreso a la unidad penal, cumpliendo labores de moza no remunerada en la sección de mujeres y mostrando respeto con el personal y sus pares. Refiere que esta conducta quedó plasmada en el acta de sesión N°10 del Consejo Técnico de fecha 31 de octubre de 2024. Argumenta que, a nivel familiar, su representada cuenta con el apoyo de su grupo familiar, compuesto por sus hijos, especialmente su hija Yasmín, quien le ha brindado soporte durante su privación de libertad, además de sus otros dos hijos Carlos y Eleandro, junto con sus padres, quienes son parte importante de su arraigo familiar en la comuna de Los Vilos. Respecto a los aspectos criminógenos, sostiene que su representada reconoce y toma conciencia de la gravedad del delito por el cual fue condenada, expresando su deseo de volver a realizar la labor a la cual se dedicaba antes de ser condenada, manteniendo un horno industrial donde elaboraba pan amasado, una plantación de paltos y una crianza de cabras lecheras con la cual elaboraba queso. En relación con las actividades de reinserción realizadas, indica que ha participado en el taller de desarrollo de empatía, aprobando con adecuada asistencia y logro total de los contenidos. A nivel educacional, se encuentra cursando 1° nivel básico, con muy buenas evaluaciones. En el área laboral, ha sido incorporada a talleres de Formación General para el Trabajo, realizando trabajos de artesanía menor de tejido, y aprobó satisfactoriamente el curso de cocina nacional e internacional. En cuanto a los fundamentos de derecho, invoca el artículo 21 de la Constitución Política. Asimismo, se refiere a la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, D.L. 2859, artículos 1 y 3 letra f), así como al Reglamento de Establecimientos Penitenciarios (REP), D.S. N°518, artículos 1 y 10 letra b). También cita la Ley N°21.124, que modificó en enero de 2019 el D.L. 321, artículo 1 y 2, en cuanto a los requisitos exigidos para optar a la libertad condicional. Adicionalmente, refiere jurisprudencia de la E. Corte Suprema en los roles 31.430-2016 y 152.175-2022, que establecen dos criterios para conceder el beneficio de libertad condicional: la necesidad de una resolución fundada para efectuar el rechazo al beneficio y la exigencia de un informe psicosocial de Gendarmería de Chile que refiera antecedentes categóricos acerca del riesgo de reincidencia del peticionario. Añade que la resolución impugnada vulnera el derecho a la libertad personal de su representada, garantizado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, al extender

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el recurso y, en su mérito, se revoque la resolución señalada y se ordene conceder la libertad condicional a Rosa del Rosario Astudillo Olivares. Para acreditar sus alegaciones, la parte recurrente incorporó al los siguientes instrumentos: 1) Acta de la Comisión de libertad condicional, de fecha 10 de abril de 2025; 2) Copia de la sentencia condenatoria dictada en autos penales RIT 153-2023 Juzgado de Garantía de Los Vilos, RUC 2300125095-7; 3) Copia de acta de Audiencia de Traspaso de Unidad Penal en autos penales RIT 153-2023; RUC 2300125095-7; 4) Ficha Única de Condenado Privado de Libertad de fecha 06 de noviembre de 2024; 5) Ficha de Clasificación N°6501; 6) Copia de Acta de Sesión N°10 del Consejo Técnico del Centro Penitenciario de Ovalle, de fecha 31 de octubre de 2024; 7) Copia de control de conducta de fecha 14 de octubre de 2024; 8) Copia de informe pericial social de marzo de 2023; y 9) Set de documentos de doña Rosa del Rosario Astudillo Olivares. SEGUNDO: Que mediante presentación de fecha diecisiete de abril de dos mil veinticinco, doña Marcela Andrea Sandoval Durán, en su calidad de Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional año 2025, evacúa el informe, exponiendo los antecedentes fácticos y jurídicos que fundamentan el rechazo de la solicitud de libertad condicional formulada por doña Rosa del Rosario Astudillo Olivares, cédula de identidad N°14.429.328-2. Señala que la Comisión se reunió el 10 de abril del pr

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Astudillo Olivares, Roa del Rosario Comisión de Libertad Condicional y Gendarmería de Chile Recurso de Amparo Rol N°177-2025.- La Serena, veintitrés de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que con fecha 15 de abril de 2025, comparece Francisco Maldonado Rodríguez, abogado, en representación de Rosa del Rosario Astudillo Olivares, interponiendo recurso de amparo en co

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