FERRET/BUSTAMANTE
Rol
Fecha
23 de abril de 2025
Materia
CONTRATO, NULIDAD DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su motivo vigésimo sexto. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1° Que, advirtiéndose de los antecedentes del juicio, que las partes coincidieron y no controvirtieron de que el vicio de nulidad del contrato de cesión de derechos decía relación con el inmueble ubicado en Lote N° 389 de la Población Nueva Autora de la comuna de Viña del Mar, y siendo la cancelación una consecuencia de la declaración de nulidad del acto jurídico pretendido en la presente causa. 2° Que, si bien existe un error en un dígito en la referencia a la inscripción de dominio del inmueble, tal como ha señalado la Excma. Corte Suprema: “…es evidente que ese error de referencia en el petitorio de la demanda en caso alguno impidió producir el debate relativo a la validez del mencionado título”(Rol 24711-2018). Tal es así que la resolución que recibió la causa a prueba versó sobre los hechos que devienen en vicios de nulidad del contrato de cesión de derechos celebrado el 01 de julio de 2015, resolución que no fue apelada por la recurrente y el error de referencia a la inscripción no fue objeto de controversia. Y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia de dieciséis de junio de dos mil veintitrés, escrita a folio N°75, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Viña del Mar, en causa Rol C-1645-2022, en aquella parte que no accedió a la cancelación de la inscripción de dominio, y en su lugar se declara que se ordena la cancelación de la inscripción de dominio del inmueble en cuestión, que rola a fojas 6964 número 8128 del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Regístrese, comuníquese, notifíquese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-1918-2023. En Valparaíso, veintitrés de abril de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara que se ordena la cancelación de la inscripción de dominio del inmueble en cuestión, que rola a fojas 6964 número 8128 del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar. Regístrese, comuníquese, notifíquese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-1918-2023. En Valparaíso, veintitrés de abril de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de abril de dos mil veinticinco. Visto: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación de su motivo vigésimo sexto. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1° Que, advirtiéndose de los antecedentes del juicio, que las partes coincidieron y no controvirtieron de que el vicio de nulidad del contrato de cesión de derechos decía relación con
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