SIN INFORMACION

JOHN MATIAS IGNACIO SILVA VASQUEZ / POLICIA DE INVESTIGACIONES REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION EL BOSQUE

Rol

Fecha

23 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Rodolfo Saldaño Chomalí, abogado, interpone acción de amparo en favor de John Matías Ignacio Silva Vásquez, domiciliado para estos efectos en calle Rolecha N°15254, comuna de San Bernardo, en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representado por su Director Nacional, don Omar Morales Márquez, ambos con domicilio en calle Catedral N°1772, comuna de Santiago, y la Policía de Investigaciones de Chile, representada por su Director General, don Eduardo Cerna Lozano, ambos con domicilio en General Mackenna N°1314, comuna de Santiago, por denegar en forma arbitraría e ilegal el otorgamiento de pasaporte, atendida la supuesta existencia de una orden de arraigo vigente en su contra, atentando gravemente contra su libertad individual, asegurada en el numeral 7° del Artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que solicitó la emisión de su pasaporte con el fin de viajar al extranjero a alentar al equipo de futbol Universidad de Chile en los partidos que disputará próximamente en Colombia, Brasil y Argentina. Indica que el 31 de marzo pasado concurrió a la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación de la comuna de El Bosque con el objeto de retirarlo, y que se le manifestó que ello no sería posible pues registraba un impedimento emanado de la Policía de Investigaciones de Chile, sin exhibirle resolución administrativa o judicial que fundamentare tal circunstancia. Expresa que el recurrente no registra medida cautelar ni proceso judicial alguno vigente que impida su salida, de modo que la decisión de impedirle obtener pasaporte resulta ilegal, arbitraria y desprovista de justificación jurídica, además de provocarle graves perjuicios económicos al ya haber adquirido pasajes aéreos y entradas para los partidos de Universidad de Chile. Solicita acoger el recurso y ordenar a los recurridos informar los

Fundamentos

motivos de su negativa y, en definitiva, ordenar la entrega inmediata del pasaporte solicitado. Segundo: Que, informa al tenor del recurso, doña Macarena Muñoz Morales, Subprefecta, Jefa del Departamento de Asesoría Técnica de la Policía de Investigaciones de Chile, informando que de acuerdo al Sistema de Gestión Policial Institucional, la persona en cuyo favor se recurren registra dos medidas de arraigo nacional, la primera decretada el 20 de junio de 2015 en la causa RUC 1500599816-9, del Juzgado de Garantía de San Bernardo y la segunda, el 3 de mayo de 2015, en la causa RUC 1500419237-8, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo. Tercero: Que doña Ingrid Vistoso Monreal, jueza titular del Juzgado de Garantía de San Bernardo, refiere que efectivamente el recurrente registra dos causas tramitadas antes dicho tribunal, la RUC 1500599816-9, correspondiente al RIT 5669-2015 y la RUC 1500419237-8, correspondiente al RIT 3971-2025. Indica que en la causa RIT 3971-2015, Silva Vásquez fue formalizado el 3 de mayo de 2015 por el delito de porte ilegal de municiones, y que se le impusieron las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional. Por otro lado, en la causa RIT 5669-2015, el 20 de junio de 2015, se formalizó investigación en contra del recurrente como autor de hechos constitutivos de lesiones graves y tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, imponiéndose las medidas cautelares de firma mensual, arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima. El 1 de diciembre de 2015 se agruparon ambas causas por el Ministerio Público, y luego de deducir acusación, el 30 de noviembre de 2016 se dicta sentencia por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, absolviendo a Silva Vásquez de los cargos como autor del delito de lesiones graves y condenándolo como autor de los delitos de porte ilegal de munición y tráfico ilícito de estupefacientes a dos penas de 541 días de presidio menor en su grado medio, de cumplimiento efectivo. Finalmente hace presente que el 15 de abril de 2025, y se dictó resolución dejando sin efecto las medidas cautelares decretadas en su oportunidad en contra del recurrente, por no haberse realizado con anterioridad, ordenando su gestión en calidad de urgente en ambas causas judiciales. Cuarto: Que don Rodrigo Llambías Lascar, Subdirector Jurídico, del Servicio de Registro Civil e Identificación, informa que dicho Servicio procedió a la fabricación del pasaporte del recurrente y que el mismo estará disponible para su retiro en la oficina de El Bosque el próximo lunes 28 de abril de 2025. Quinto: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá́ ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que esta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las

Fallo

fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto a favor de John Matías Ignacio Silva Vásquez, y en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación y la Policía de investigaciones de Chile, por haber perdido oportunidad. Comuníquese, regístrese y archívense en su oportunidad. N°517-2025 Amparo

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintitrés de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Rodolfo Saldaño Chomalí, abogado, interpone acción de amparo en favor de John Matías Ignacio Silva Vásquez, domiciliado para estos efectos en calle Rolecha N°15254, comuna de San Bernardo, en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representado por su Director Nacional, don Omar Mo

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