CLV INGENIERIA Y SEGURIDAD VIAL SPA/ CORPSTRADA INGENIERIA SPA (LTE)
Rol
Fecha
23 de abril de 2025
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que la comparecencia de los terceros en el juicio ejecutivo se encuentra estrictamente regulada en los artículos 518 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, normas a las cuales nel Consejo de Defensa del Estado no se ajustó, conforme se advierte de su presentación de 30 de mayo de 2023; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del mismo código, se revoca la resolución apelada dictada el treinta y uno de mayo de dos mil veintitrés, por el 29° Juzgado Civil de Santiago, en cuanto tuvo como parte al Consejo de Defensa del Estado en este proceso y en su lugar se resuelve a lo principal de dicho escrito, que corre a folio 13 del cuaderno principal: “no ha lugar a lo solicitado, sin perjuicio de lo que pida conforme a derecho”. Devuélvase. N° 9236-2023 Civil.
Fallo
se resuelve a lo principal de dicho escrito, que corre a folio 13 del cuaderno principal: “no ha lugar a lo solicitado, sin perjuicio de lo que pida conforme a derecho”. Devuélvase. N° 9236-2023 Civil.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, la abogada doña Paulina Toro por el recurso. Santiago, 23 de abril de 2025. Cristián Alcántara Mödinger, relator. Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticinco. Al escrito folio N°8: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Que la comparecencia de los terceros en el juicio ejecutivo se encuentra estrictamente regulada en los artículos 518 y s
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