ANONIMIZADO
Rol
Fecha
23 de abril de 2025
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes allegados al proceso, los que dan cuenta que el demandante se encuentra dado de baja de la institución castrense a la que pertenecía por
Fundamentos
motivos de salud, lo cierto es que pese a que dicho interviniente se encuentra inscrito en el registro de deudores de pensiones de alimentos, pudiendo la circunstancia previamente apuntada configurar la causal de excepción establecida en el artículo 1° inciso tercero de la Ley N° 14.908, en relación al inciso cuarto del artículo 3° del mismo cuerpo legal, resultaba improcedente declarar de plano inadmisible la acción de autos en la etapa...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes allegados al proceso, los que dan cuenta que el demandante se encuentra dado de baja de la institución castrense a la que pertenecía por motivos de salud, lo cierto es que pese a que dicho interviniente se encuentra inscrito en el registro de deudores de pensione
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