NICOLÁS CACERES CÁCERES/DON HÉCTOR CASTRO FIGUEROA, JUEZ DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE TALCA
Rol
Fecha
23 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, el 21 de abril de 2025, comparece Reynaldo Eduardo Paez Abaca, abogado, cédula nacional de identidad N°10.174.633-K, e interpone recurso de amparo en favor de NICOLAS SEBASTIAN CACERES CACERES, empleado, cédula nacional de identidad N°21.516.606-6, actualmente en prisión preventiva, recluido en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Linares, en contra del JUEZ DE GARANTÍA DE TALCA don Héctor Américo Castro Figueroa, por estimarse que dicha medida cautelar decretada en causa Rol 8141-2023se mantiene de forma ilegal y arbitraria, al no haber sido debidamente fundada por el juez de garantía en la resolución que rechaza la solicitud de revisión de cautelares. Refiere, en síntesis, que el amparado se encuentra en prisión preventiva por delitos de robo con intimidación, receptación y encubrimiento, dando cuenta que se presentan nuevos antecedentes que cuestionan su participación, los que dicen relación con videos entregados por el Ministerio Público que muestran a otros imputados sin presencia del amparado, declaraciones y partes policiales que individualizan a cinco personas distintas en los hechos delictivos, prueba de que el teléfono que originó la imputación por receptación fue hallado en poder de un tercero ya condenado, declaración del supuesto encubrimiento que muestra que Nicolás Cáceres llegó después del delito, sin evidencia de dolo ni participación activa. Sin embargo, pese a la existencia de dichas pruebas exculpatorias objetivas, el juez de garantía rechazó la revisión de cautelares sin fundamentar por qué descartaba estos antecedentes, incumpliendo el estándar legal de motivación de medidas cautelares. Posteriormente, cita cierta normativa, artículos 19 Nº7 y 21 de la Constitución Política de la República, artículos 36, 122, 140 y 143 del Código Procesal Penal, jurisprudencia de la Corte Suprema (amparos roles 39652-2024 y otros), que exige resoluciones fundadas claras y precisas en casos de prisión prev
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Reynaldo Eduardo Paez Abaca, en favor de NICOLAS SEBASTIAN CACERES CACERES. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 304-2025/Amparo.
Texto Completo (Preview)
ROL 304-2025 AMPARO Talca, veintitrés de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, el 21 de abril de 2025, comparece Reynaldo Eduardo Paez Abaca, abogado, cédula nacional de identidad N°10.174.633-K, e interpone recurso de amparo en favor de NICOLAS SEBASTIAN CACERES CACERES, empleado, cédula nacional de identidad N°21.516.606-6, actualmente en prisión preve
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