COMERCIAL RYF CLEAN SPA/COBRE Y METALES LOGISTICA
Rol
Fecha
24 de abril de 2025
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que se recurre en contra de la resolución de veinticinco de febrero de dos mil veinticinco (folio N° 11) que cita a las partes a oír sentencia, providencia que conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 432 del Código de Procedimiento Civil sólo es susceptible de impugnar por la vía de la reposición, razón por la cual la apelación no puede ser admitida a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188, 213 y 432 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el veintiocho de febrero del año en curso (folio N° 12), en contra de la resolución de veinticinco del mismo mes y año (folio N° 11 – cuaderno principal). Devuélvase. N°Civil-5528-2025.imm
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188, 213 y 432 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada el veintiocho de febrero del año en curso (folio N° 12), en contra de la resolución de veinticinco del mismo mes y año (folio N° 11 – cuaderno principal). Devuélvase. N°Civil-5528-2025.imm
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Que se recurre en contra de la resolución de veinticinco de febrero de dos mil veinticinco (folio N° 11) que cita a las partes a oír sentencia, providencia que conforme lo dispone el inciso segundo del artículo 432 del Código de Procedimiento Civil sólo es susceptible de impugnar por la vía de la reposición, razón po
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica