JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE BULNES

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

22 de abril de 2025

Materia

CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital oídos en la relación, lo expuesto por los comparecientes y lo dispuesto en el número 2 del artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución de fecha veinte de marzo de dos mil veinticinco. Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad, devuélvase. N°Familia-90-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Chillán, veintidós de abril de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes existentes en la carpeta digital oídos en la relación, lo expuesto por los comparecientes y lo dispuesto en el número 2 del artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución de fecha veinte de marzo de dos mil veinticinco. Notifíquese. Regístrese y, en su oportunidad, devuélvase.

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica