1º JUZGADO CIVIL DE PUENTE ALTO

CAMPOS BORQUEZ VILMA / VARGAS VEGA ROBERTO

Rol

Fecha

22 de abril de 2025

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1° Que el artículo 1725 nro. 5° del Código Civil señala que ingresan al haber de la sociedad conyugal los bienes adquiridos durante su vigencia 2° Que el inmueble objeto de la participación fue inscrito en el Registro de Propiedad respectivo el 6 de noviembre de 1995, después de celebrado el matrimonio de los cónyuges, cuyo precio fue pagado a través de un mutuo hipotecario soportado por el deudor durante la vigencia de la referida sociedad. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de veintisiete de enero del presente año, dictada en los autos rol C-12684-2024 del Primer Juzgado Civil de Puente Alto y, en su lugar se declara que el juez a quo deberá continuar con la tramitación del asunto, hasta la designación del árbitro partidor. Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol N°310-2025 Civil

Fallo

se declara que el juez a quo deberá continuar con la tramitación del asunto, hasta la designación del árbitro partidor. Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol N°310-2025 Civil

Texto Completo (Preview)

San Miguel, a veintidós de abril de dos mil veinticinco. Al escrito folio N°14: téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1° Que el artículo 1725 nro. 5° del Código Civil señala que ingresan al haber de la sociedad conyugal los bienes adquiridos durante su vigencia 2° Que el inmueble objeto de la participación fue inscrito en el Registro de Propiedad respectivo el 6 de noviembre de 1995, des

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