MP C/ LARRY ANDERSON QUINONES TORRES
Rol
Fecha
22 de abril de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y adhiriendo esta Corte al parecer sostenido en el fundamento octavo del fallo que se revisa, sin que las alegaciones de la defensa y los antecedentes acompañados en esta instancia tengan la suficiencia para desvirtuar tal conclusión y visto, además, lo dispuesto en los artículos 37 de la Ley 18.216 y 358, 360 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA en lo apelado la sentencia de cuatro de abril de dos mil veinticinco, dictada por la jueza del Juzgado de Garantía de Copiapó, doña María de la Barra Suma de Villa, que no hizo lugar a la petición de otorgar al sentenciado Larry Anderson Quiñones Torres la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva y ordenó el cumplimiento efectivo de su condena. Regístrese y devuélvase. N° Penal-258-2025.
Fallo
fallo que se revisa, sin que las alegaciones de la defensa y los antecedentes acompañados en esta instancia tengan la suficiencia para desvirtuar tal conclusión y visto, además, lo dispuesto en los artículos 37 de la Ley 18.216 y 358, 360 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA en lo apelado la sentencia de cuatro de abril de dos mil veinticinco, dictada por la jueza del Juzgado de Garantía de Copiapó, doña María de la Barra Suma de Villa, que no hizo lugar a la petición de otorgar al sentenciado Larry Anderson Quiñones Torres la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva y ordenó el cumplimiento efectivo de su condena. Regístrese y devuélvase. N° Penal-258-2025.
Texto Completo (Preview)
Fecha: veintidós de abril de dos mil veinticinco Sala: Primera Rol Corte: Penal-258-2025 Ruc N°: 2400609793-2 Rit N°: O-3264-2024 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: ministro señor Carlos Meneses Coloma, ministra señora Aida Osses Herrera y el fiscal judicial señor Rodrigo Cid Mora Relatora: Anita Maluenda Hernández Abogado Asesor M.P.: Juan Fernández Espejo Defensor Penal Pri
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