1º JUZGADO POLICIA LOCAL DE LA FLORIDA

INSPECCION GENERAL DE LA FLORIDA - ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A

Rol

Fecha

30 de abril de 2025

Materia

SIN MATERIA

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1.- Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley 18.287, el plazo para recurrir en contra de las sentencias definitivas es de cinco días, contados desde la notificación de la resolución respectiva. 2.- Que el artículo 18°, del mismo cuerpo legal, agrega que la notificación por carta certificada se entenderá practicada al quinto día, contado desde la fecha de su recepción en la Oficina de Correos. 3.- Que en estos autos la sentencia que motiva el presente recurso fue notificada a la parte recurrente por carta certificada, recepcionada en la oficina de Correos de Chile el dos de octubre de dos mil veinticuatro, y entregada a la apelante el ocho de octubre del mismo año, según consta en certificado de fojas 22, emitido por el Tribunal a quo el seis de enero del año en curso. 4.- Que del mérito de los antecedentes, consta que el recurso de apelación materia de autos, fue interpuesto el día dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del señalado recurso, razón por la cual no puede ser admitido a tramitación. Y conforme lo preceptuado en los artículos 18 y 32 de la Ley N° 18.287 que establece el Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la parte denunciada con fecha dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro, en contra la sentencia dictada el día once de septiembre del mismo año, por el Primer Juzgado de Policía Local de La Florida. Regístrese y devuélvase. N° Policía Local-335-2025. kom

Fallo

se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la parte denunciada con fecha dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro, en contra la sentencia dictada el día once de septiembre del mismo año, por el Primer Juzgado de Policía Local de La Florida. Regístrese y devuélvase. N° Policía Local-335-2025. kom

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de abril de dos mil veinticinco. Atendido el mérito de la constancia contenida en el folio N° 3, déjese sin efecto la custodia generada con el N° 573-2025 e incorpórese a la causa laboral 335-2025. Al folio N° 2: aténgase a lo que se resolverá a continuación. Vistos: 1.- Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley 18.287, el plazo para recurr

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