29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

RENTAS COMERCIALES I SPA/PONCE

Rol

Fecha

23 de abril de 2025

Materia

MONITORIO, COBRO RENTAS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible los recursos de apelación interpuestos por la parte demandante con fecha nueve de enero de dos mil veinticinco y diez de enero del mismo año, en contra de la resolución dictada en la de fecha siete de enero del año en curso. Regístrese y comuníquese. N°Civil-1166-2025.imm

Fallo

se declara inadmisible los recursos de apelación interpuestos por la parte demandante con fecha nueve de enero de dos mil veinticinco y diez de enero del mismo año, en contra de la resolución dictada en la de fecha siete de enero del año en curso. Regístrese y comuníquese. N°Civil-1166-2025.imm

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticinco. Al folio N°9: téngase por cumplido lo ordenado por esta Corte con fecha dieciocho de febrero del presente año. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N°18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resolucione

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