JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CALBUCO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

21 de abril de 2025

Materia

OTROS PROCEDIMIENTOS MENORES

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos del Tribunal de primera instancia, puesto en

Fundamentos

considerando el derecho a la vivienda de los niños, su bienestar físico y mental, la necesidad de estabilidad de las decisiones adoptadas y en tanto no se haya determinado una modificación de quien ejerce sus cuidados, se concluye que la medida decretada se ajusta al interés superior de los niños JOSÉ y FELIPE y visto, además, lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N°21.430, artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño y artículos 16 y 67 de la Ley N°19.968, se confirma sin costas, la resolución de fecha veinticinco de noviembre de dos mil...

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. Vistos: El mérito de los antecedentes y compartiendo los argumentos del Tribunal de primera instancia, puesto en considerando el derecho a la vivienda de los niños, su bienestar físico y mental, la necesidad de estabilidad de las decisiones adoptadas y en tanto no se haya determinado una modificación de quien ejerce sus cuidados, se concluye

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica