GUERRIER, JEAN KELOT/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
21 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, el 14 de abril de 2025, comparece don Jean Kelot GUERRIER, numero de cedula de identidad para extranjeros N°26.289.213-1, de nacionalidad haitiana, domiciliado para estos efectos en calle El Romeral S/N, de la ciudad de Ovalle, comuna de Coquimbo, quien interpone acción constitucional de amparo preventivo, en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, específicamente el Servicio Nacional de Migraciones. El recurso impugna la Resolución N°25181617 de fecha 28/03/2025, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país en un plazo de 15 días desde la notificación. El fundamento del rechazo indicado en la resolución fue que "el solicitante no remite copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido", requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva y por ello se “RECHAZA SOLICITUD DE RESIDENCIA QUE INDICA Y DISPONE ABANDONO DEL PAÍS”, según Resolución N°25181617 con fecha 28/03/2025. Refiere que le han dado 15 días desde la fecha de la resolución anterior para abandonar el país,
Fallo
por tanto su petición va enfocada a solicitar que puedan revisar nuevamente sus documentos, que no tiene antecedentes penales ni antecedentes que puedan perjudicar su estadía en Chile, al contrario, es un aporte en cuanto a trabajo y un aporte intercultural para Chile y su gente en términos positivos. Luego de estar más de tres años esperando, le rechazan su petición y le ordenan el abandono del país, sin entender el proceso, agregando que no tendría problemas en que se le otorgue una residencia temporaria, pero de acuerdo a su situación personal el abandono es gravoso y afecta su libertad personal, argumentando que cumplió con los requisitos cabalmente. Argumenta que dicha resolución vulnera su derecho a la libertad personal garantizado en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Señala que ha residido en Chile desde 2017 (aproximadamente 8 años), que mantiene una relación con una ciudadana chilena y que ha cumplido con todas las normas legales durante su estadía. Como fundamentos de derecho invoca el derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política, que asegura a todas las personas el derecho a la libertad personal y seguridad individual y el artículo 7° de la Convención Americana de Derechos Humanos, que establece que toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personales. Añade que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece que nadie puede ser privado de su libertad
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Jean Kelot Guerrier Servicio Nacional de Migraciones Recurso de Amparo Rol N°173-2025 La Serena, veintiuno de abril de dos mil veinticinco VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, el 14 de abril de 2025, comparece don Jean Kelot GUERRIER, numero de cedula de identidad para extranjeros N°26.289.213-1, de nacionalidad haitiana, domiciliado para estos efectos en calle El Romeral S/N, de la ciu
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