SEPÚLVEDA/CALI
Rol
Fecha
21 de abril de 2025
Materia
HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que se desprende que, no obstante la falta de precisión en cuanto cuáles eran las sumas que el articulista reclamaba como adeudadas, no resulta efectivo lo expuesto por el actor en la objeción planteada, ni lo resuelto por el juez a quo, atento que aquellas sumas que se retuvieron, aunque indebidamente conforme lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 21.389, para pagar a un tercero ajeno al juicio, fueron nuevamente consignadas por el demandado y debidamente consideradas en la liquidación objetada, e incluso percibidas por el actor como consta en el folio 139, SE REVOCA la resolución de tres de febrero del año en curso, y en su lugar se decide que se rechaza la objeción de liquidación interpuesta el veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. Devuélvase vía interconexión. Rol 75 – 2025 Civil.
Fallo
se decide que se rechaza la objeción de liquidación interpuesta el veinticuatro de enero de dos mil veinticinco. Devuélvase vía interconexión. Rol 75 – 2025 Civil.
Texto Completo (Preview)
Arica, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que se desprende que, no obstante la falta de precisión en cuanto cuáles eran las sumas que el articulista reclamaba como adeudadas, no resulta efectivo lo expuesto por el actor en la objeción planteada, ni lo resuelto por el juez a quo, atento que aquellas sumas que se retuvieron, aunque inde
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica