VEGA LÓPEZ, MARÍA JOSÉ/GOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO
Rol
Fecha
21 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña María José Vega López, ingeniera en administración, quien interpone recurso de protección en contra del Gobierno Regional de Coquimbo, representado por su Gobernador, don Cristóbal Nicolás Juliá de la Vega, señalando como acto ilegal y arbitrario la Resolución Exenta RA N° 806/52/2025, de fecha 14 de febrero de 2025, que dispuso el término anticipado de su contrata para el año 2025. Indica que se desempeñó en el Gobierno Regional de Coquimbo, específicamente en la División de Fomento e Industria (DIFOI), en calidad de profesional asimilada al grado 13° de la Escala Única de Sueldos desde el 01 de enero de 2022, en virtud de la Resolución Exenta RA N°806/3/2022. Sostiene que su contrata fue prorrogada mediante las Resoluciones Exentas RA N° 806/135/2022, RA N°806/136/2023 y RA Nº806/201/2024, asegurando su continuidad laboral hasta el 31 de diciembre de 2025. Refiere que, pese a ello, fue notificada de la Resolución Exenta RA N°806/52/2025, con fecha 14 de febrero de 2025, del Gobernador Regional de Coquimbo Don CRISTOBAL JULIÁ DE LA VEGA, poniendo término anticipado a su designación a contrata, bajo el argumento expuesto en uno de sus
Fundamentos
considerandos (antepenúltimo) de una "reestructuración de la División de Fomento e Industria", sin una debida justificación constitucional, racional, legal ni objetiva, lo que torna el citado acto administrativo en arbitrario e ilegal. Señala que el acto impugnado se basa en una supuesta falta de necesidad de los servicios, al señalar que “ dada la nueva distribución y reestructuración de la División de Fomento e Industria, los funcionarios y trabajadores pertenecientes a este se han organizado, los cuales cuentan con vasta experiencia en las temáticas propias de la división y con antigüedad en el servicio superior al de María José Vega López para asumir las nuevas funciones de la división y que no existen plazas disponibles con funciones a las cuales se le pueda reasignar según su experiencia y expertise de acuerdo a las necesidades del servicio. Sostiene que la resolución recurrida es arbitraria e ilegal, vulnera la garantía constitucional de Igualdad ante la ley, al ser el acto indicado arbitrario por notoria falta de fundamento toda vez que no contiene fundamentos de hecho ni de derecho suficientes, transgrediendo lo dispuesto en los artículos 11 y 41 de la Ley N° 19.880. Agrega que dicha resolución fue notificada extemporáneamente el 14 de febrero de 2024, la que es inútil por no realizarse con la anticipación mínima de 30 días exigida por el legislador. De otro lado, señala que la Resolución impugnada desconoce que la correcta aplicación de la Ley 21.722 que en su Glosa N°03 letra a) entrega al GOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO en su ITEM FINANCIAMIENTO DE GOBIERNOS REGIONALES, PARTIDA 31, CAPITULO 01, PROGRAMA 07: “a) Dotación máxima de personal 154”, existiendo a la fecha de la resolución recurrida solo 135 personas contratadas y habiéndose desvinculado a 19 funcionarios, lo que implica un incumplimiento de la planificación presupuestaria y una aplicación arbitraria de la normativa presupuestaria, lo que vulnera el principio de juridicidad (art. Nº6 y Nº7 de la CPR) y el derecho a la igualdad ante la ley (art. 19 N° 2 de la CPR). En cuanto a los derechos fundamentales afectados, señala que la resolución impugnada afecta su derecho a la igualdad ante la ley, pues en condiciones similares, otros funcionarios no fueron desvinculados, generando una discriminación arbitraria y sin justificación. Asimismo, invoca la vulneración al derecho al debido proceso administrativo, contenido en el artículo 19 N°3 de la Constitución Política, desde que la resolución que pone término anticipado a su contrata no cumple con los requisitos de fundamentación exigidos por la ley. También, alega que se infringe su derecho de propiedad, como también el derecho a la libertad de trabajo y su protección, ya que la resolución impugnada afecta su estabilidad en el empleo. Refiere, además, que el cambio en el organigrama institucional fue aprobado mediante Acuerdo del Consejo Regional N°14.852, adoptado en Sesión Ordinaria N° 841, de fecha 4 de febrero de 2025, de m
Fallo
Por tanto, las funciones por las cuales fue contratada e informado al Servicio Civil en la resolución exenta N° 798 del 30 de diciembre de 2021 del Gobierno Regional de Coquimbo no fueron necesarias desde la fecha señalada. - Que mediante Resolución Exenta N° 114/2025 del Gobierno Regional de Coquimbo del 13 de febrero de 2025, oficializa su cambio de organigrama, el cual fue aprobado en sesión ordinaria N° 841, del 04 de febrero de 2025 mediante el acuerdo CORE N° 14.852. - Que, dada la nueva distribución y reestructuración de la División de Fomento e Industria, los funcionarios y trabajadores pertenecientes a este se han reorganizado, los cuales cuentan con vasta experiencia en las temáticas y funciones propias de la división y con antigüedad en el servicio superior al de doña MARÍA JOSÉ VEGA LÓPEZ para asumir las nuevas funciones de la división. - Que no existen plazas disponibles con funciones a las cuales se le pueda reasignar a doña MARÍA JOSÉ VEGA LÓPEZ, según su experiencia y expertise de acuerdo con las necesidades de este servicio”. Expone que doña María José Vega asumió su contrata a sabiendas de que se trataba de un cargo de confianza directa de la autoridad, tal como se establece en las resoluciones respectivas, y que fue contratada sin concurso previo, precisamente por tratarse de un cargo de confianza directa del Jefe del Servicio. En efecto, doña María José Vega asumió su contrata a sabiendas de que se trataba de un cargo de confianza directa de la autoridad,
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Vega López, María José Gobierno Regional de Coquimbo Recurso de protección Rol N° 414-2025.- La Serena, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña María José Vega López, ingeniera en administración, quien interpone recurso de protección en contra del Gobierno Regional de Coquimbo, representado por su Gobernador, don Cristóbal Nico
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