JESÚS ORTEGA GONZÁLEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
22 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el 15 de abril de 2025, comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, Abogado, cédula de identidad para extranjeros Nº26.322.938-K, y Joaquín Andrés Contreras Roa, Abogado, cédula de identidad para extranjeros N°25.899.707-7, por si y en favor de Jesús David Ortega González, empleado, de nacionalidad venezolana, cédula de identidad N°26.603.520-9, domiciliados para estos efectos en Calle Cinco 26, comuna de Curicó, región del Maule, en virtud del artículo 21 de la Constitución Política de la República, interpone recurso del amparado en contra Resolución Exenta N°25206117 de fecha 9 de abril de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, continuador legal del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, mediante la cual se rechaza solicitud de residencia definitiva y se dispone el abandono del país en un plazo de 10 días, de manera ilegal y arbitraria, constituyendo dicha resolución una vulneración a su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 letra A de la Constitución Política de la República, y cautelado por la acción de amparo establecida en el artículo 21 de la misma carta democrática fundamental del país, solicitando desde ya que esta acción sea admitida y en definitiva se restablezca el imperio del derecho. Indica que Jesús David Ortega González, empleado, de nacionalidad venezolana, ingresó al país en calidad de turista, estando dentro del territorio decide cambiar su condición migratoria a residente, motivo por el cual, tras ello y previo al vencimiento de su visado, remite solicitud de residencia definitiva, siguiendo todas las instrucciones dispuestas por la legislación respecto del beneficio solicitado, todo ello con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Posteriormente, y sin perjuicio del cumplimiento estricto de los requisitos la autoridad migratoria, con fecha 9 de abril de 2025 notifica al amparado Jesús David Ortega González de Resolución Exenta N°25206117, mediante la cual se rechaza su solicitud de residencia definitiva y se dispone la orden de abandono, señalando lo siguiente: “[…] 2. Que, en virtud de los antecedentes analizados por esta autoridad, el extranjero no cumple con los requisitos que lo habilitan para residir en el país, ya que registra antecedentes negativos, específicamente, una condena, como autor del delito de hurto agravado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de 1/3 de Unidad Tributaria Mensual, en causa RUC 2200693255-3, RIT 7962-2022, del 7° Juzgado de Garantía de Santiago, mediante sentencia de fecha 27 de julio de 2023, demostrando una conducta que vulnera bienes jurídicos e intereses protegidos por el Estado, por lo que, conforme a lo dispuesto en el artículo 88 inciso final, con relación al 33 N°2 de la Ley N°21.325, es procedent
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en Auto Acordado de la Excma. Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, se resuelve que SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de Jesús David Ortega González, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sin costas del recurso. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y en su oportunidad archívese. Rol N°295-2025/Amparo. klm
Texto Completo (Preview)
Talca, veintidós de abril de dos mil veinticinco. Visto y considerando: Primero: Que, el 15 de abril de 2025, comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, Abogado, cédula de identidad para extranjeros Nº26.322.938-K, y Joaquín Andrés Contreras Roa, Abogado, cédula de identidad para extranjeros N°25.899.707-7, por si y en favor de Jesús David Ortega González, empleado, de nacionalidad venezolana, cédula
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