SIN INFORMACION

MARÍA VICTORIA GAMBOA ZAPATA/ RAÚL HERNÁN MARCHANT ZÚÑIGA

Rol

Fecha

21 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que lo solicitado en el recurso de protección excede a su naturaleza, por cuanto dice relación con el reproche de la sustanciación de un procedimiento judicial, existiendo otras herramientas que el ordenamiento jurídico contempla para dicho control, encontrándose por tanto la situación denunciada bajo el amparo del derecho ante el Segundo Juzgado Civil de Viña del Mar; sin que se señalen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de las mencionadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y, visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Al primer otrosí: Por acompañados. Al segundo y quinto otrosí: Estese a lo resuelto precedentemente. Al tercer otrosí: Téngase presente. Al cuarto otrosí: No encontrándose habilitada dicha forma de notificación, no ha lugar. Atendido el mérito de los antecedentes corríjase la caratula. Cúmplase por la Unidad de Causas. Regístrese, notifíquese y actívense en su oportunidad. N°Protección-1764-2025.

Fallo

por tanto la situación denunciada bajo el amparo del derecho ante el Segundo Juzgado Civil de Viña del Mar; sin que se señalen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de las mencionadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y, visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Al primer otrosí: Por acompañados. Al segundo y quinto otrosí: Estese a lo resuelto precedentemente. Al tercer otrosí: Téngase presente. Al cuarto otrosí: No encontrándose habilitada dicha forma de notificación, no ha lugar. Atendido el mérito de los antecedentes corríjase la caratula. Cúmplase por la Unidad de Causas. Regístrese, notifíquese y actívense en su oportunidad. N°Protección-1764-2025.

Texto Completo (Preview)

rpo. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. Proveyendo a folio N°1 “Ingreso recurso”: A lo principal: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que lo solicitado en el recurso de protección excede a su naturaleza, por cuanto dice relación con el reproche de la sustanciación de un procedimiento judicial, existiendo otras herramientas que el orden

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