ANONIMIZADO
Rol
Fecha
21 de abril de 2025
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO, DECLARACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido a que por ahora, no existen mayores antecedentes para regular una pensión mayor a la que se acredita con los ingresos del demandado, considerando, además, que él paga el dividendo del inmueble donde vive el alimentario, y lo dispuesto en el artículo 67 de la ley N° 19.968, se revoca, la resolución apelada de fecha de diecinueve de marzo de dos mil veinticuatro, dictada por el 3° Juzgado de Familia de Santiago, en causa C-1635-2024 y, en su lugar se decide, que se regula la obligación del demandado de pagar por pensión de alimentos provisorios la cantidad mensual de $356.000...
Fallo
se decide, que se regula la obligación del demandado de pagar por pensión de alimentos provisorios la cantidad mensual de $356.000...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. Proveyendo al escrito folio 24: téngase presente. Vistos: Atendido a que por ahora, no existen mayores antecedentes para regular una pensión mayor a la que se acredita con los ingresos del demandado, considerando, además, que él paga el dividendo del inmueble donde vive el alimentario, y lo dispuesto en el artículo 67 de la ley
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