JUZGADO DE FAMILIA LINARES

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

21 de abril de 2025

Materia

ALIMENTOS, CESACION

Resultado

CONFIRMADA SIN COSTAS

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Hechos

Visto Se reproduce la sentencia en alzada Y se tiene, además, en consideración: Que la alegación de estar el demandante inscrito en el registro nacional de deudores no fue opuesta como excepción, sino que solamente hay una mención como parte de los

Fundamentos

fundamentos de la contestación, por lo que no puede resolverse como alegación de inadmisibilidad, ya que ésta no fue planteada. A mayor abundamiento, tampoco fue recurrida la resolución que declaró admisible la demanda. Por la anterior consideración, atendido el mérito de los antecedentes y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N°19.968, 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, ...

Texto Completo (Preview)

Talca, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. Visto Se reproduce la sentencia en alzada Y se tiene, además, en consideración: Que la alegación de estar el demandante inscrito en el registro nacional de deudores no fue opuesta como excepción, sino que solamente hay una mención como parte de los fundamentos de la contestación, por lo que no puede resolverse como alegación de inadmisibilidad, ya

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