JUZGADO DE GARANTIA DE ANTOFAGASTA

PABLO ELIAS LEMA VALDES C/ RODRIGO EDUARDO PINO CORDOVA

Rol

Fecha

21 de abril de 2025

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que analizada la presente causa, se advierte que no existen situaciones de incumplimientos anteriores que demuestren una renuencia del imputado a cumplir con la pena sustitutiva del modo establecido en la sentencia, y por el contrario se le otorgó una forma más favorable mediante la reclusión domiciliaria nocturna con control de Carabineros, ya que originalmente la reclusión impuesta era mediante monitoreo telemático. SEGUNDO: Que sin perjuicio de lo anterior, efectivamente se ha verificado el incumplimiento denunciado por Gendarmería, por lo que resulta procedente la intensificación de la medida en los términos que prescribe el artículo 25 N° 2 de la Ley 18.216, y a juicio de esta Corte, dicha intensificación se satisface con la imposición de la reclusión nocturna domiciliaria mediante monitoreo telemático, en la forma que se estableció originariamente en la sentencia. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la sentencia dictada con fecha diez de abril del año en curso, que intensificó la pena sustitutiva impuesta al sentenciado RODRIGO EDUARDO PINO CÓRDOVA, con declaración que la pena sustitutiva de reclusión nocturna es de carácter domiciliario y con monitoreo telemático; debiendo para tales efectos el tribunal a quo, citar a los intervinientes a la audiencia más próxima para coordinar la forma de ejecución de la pena sustitutiva. Regístrese y comuníquese. Rol 378-2025 (PENAL)

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la sentencia dictada con fecha diez de abril del año en curso, que intensificó la pena sustitutiva impuesta al sentenciado RODRIGO EDUARDO PINO CÓRDOVA, con declaración que la pena sustitutiva de reclusión nocturna es de carácter domiciliario y con monitoreo telemático; debiendo para tales efectos el tribunal a quo, citar a los intervinientes a la audiencia más próxima para coordinar la forma de ejecución de la pena sustitutiva. Regístrese y comuníquese. Rol 378-2025 (PENAL)

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA En Antofagasta, a veintiuno de abril de dos mil veinticinco, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, integrada por el Ministro Titular Eric Sepúlveda Casanova, el Fiscal Judicial Rodrigo Padilla Buzada y el Abogado Integrante Carlos Cabezas Cabezas, se da inicio a la audiencia del recurso de apelación deducido por el defensor penal particular Joel R

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