INMOBILIARIA RAÚL DEL RIO LIMITADA/INVERSIONES COEFFE Y COMPAÑIA LIMITADA
Rol
Fecha
21 de abril de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada de siete de septiembre de dos mil veintitrés dictada en esta causa Rol C-188-2021 del Segundo Juzgado de Letras de Coquimbo, a excepción de los
Fundamentos
considerandos décimo quinto a vigésimo sexto inclusive, que se eliminan. Y SE TIENE EN SU LUGAR Y, ADEMÁS, PRESENTE: I.- EN CUANTO A LA ACCIÓN DECLARATIVA DE DOMINIO DEDUCIDA: PRIMERO: Que la acción declarativa de mera certeza corresponde a “aquellas que tienen por objeto la pura declaración de la existencia de un derecho” y que “no van más allá de esa declaración” de lo que se desprende que su finalidad se limita solamente a superar un estado de incertidumbre que no tenga otro medio de solución que el de un
Fallo
fallo jurisdiccional. Así lo ha resuelto también la Excelentísima Corte Suprema en los Roles Nº6.585-2007 y N°12.918-2018, al estimar que ésta pretende corregir: “una situación de incertidumbre, que afecta a la agraviada, que la autoriza a exigir del órgano jurisdiccional -llamado precisamente a declarar con fuerza legal el derecho aplicable-, se le clarifique su esfera subjetiva, precisando su campo de acción y los límites que la afectan, pronunciamiento que únicamente podrá obtener mediante una acción declarativa de derechos”. De ahí, que su objeto puede ser un derecho, relación o situación jurídica concreta y actual, susceptible de constituir un proceso autónomo. A través de ella se busca, preventivamente, la tutela de un derecho o interés legítimo a través de la declaración de existencia o inexistencia del derecho o situación jurídica, o bien poniendo fin a un estado de incertidumbre jurídica. SEGUNDO: Que, dentro de este tipo de acciones se encuentra la declarativa de dominio, naturaleza a la que adscribe la impetrada en autos, la que es conceptualizada: “como aquella por la cual el dueño de una cosa busca que su derecho de propiedad sobre ella sea reconocido frente a quien lo niega, desconoce o perturba inmaterialmente” y “como toda acción propiamente declarativa, persigue no una condena del demandado ni la constitución de nuevas relaciones jurídicas o la alteración de un estado de hecho preexistente, sino la declaración de una determinada relación de derecho puesta e
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Inmobiliaria Raúl del Río Ltda Condominio Puerto Edén Acción declarativa de Dominio Rol N° 1550-2023.- (118-2021 del Segundo Juzgado de Letras de Coquimbo) La Serena, veintiuno de abril de abril de dos mil veinticinco.-. En cumplimiento a lo ordenado en la sentencia de casación dictada con esta misma fecha en esta causa y de conformidad a lo previsto en el artículo 786 del Código de Procedimiento
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