MP / AARON ALEXANDER OLIVARES CONTRERAS.
Rol
Fecha
21 de abril de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que del mérito de lo expuesto en la audiencia resulta que no han variado las circunstancias tenidas en consideración al momento de decretar la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Aaron Alexander Olivares Contreras y que, a su vez, se encuentran suficientemente justificados en este estadio procesal los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los cuales fue formalizada la investigación. En cuanto a la necesidad de cautela la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, conforme lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 mencionado, atendida la gravedad de la pena asignada a los ilícitos, su eventual forma de cumplimiento, circunstancias de comisión, el haber actuado en grupo o pandilla y los bienes jurídicos afectados. Y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 140 y 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de diez de abril del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Aaron Alexander Olivares Contreras. Devuélvase. N° 1251-2025-Penal
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol Corte: 1251-2025-Penal Ruc: 2400493339-3 Rit: 1468-2024 10° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Enrique Cossio Vásquez Imputado: AARON ALEXANDER OLIVARES CONTRERAS Escritos proveídos en audiencia: folios 3 y 4 San Miguel, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Que del mérito de lo
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica