JUZGADO DE GARANTIA DE CONCEPCION

IMPUTADA: EMA CARMEN SAAVEDRA CEA

Rol

Fecha

21 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del primer párrafo del

Fundamentos

considerando Quinto, que se elimina. Y se tiene en su lugar presente: 1°) Que no fue controvertido en la audiencia respectiva la concurrencia de los requisitos de las letras a) y b) del artículo 4° de la Ley 18.216. Por su parte, el requisito de la letra c) exige una ponderación de circunstancias fácticas que permitan al juez realizar un pronóstico de la real disuasión que ha de producir en el sentenciado el otorgamiento de la pena sustitutiva, debiendo advertirse que la circunstancia de mantener dos condenas anteriores que se encuentran prescritas, no es suficiente argumento para negar en esta causa la pena sustitutiva solicitada; puesto que la propia ley regula sus efectos, en la letra b) de la misma norma legal. En efecto, las condenas anteriores, lo han sido por simples delitos, y se encuentran cumplidas en los años 2014 y 2019. 2°) Que, en consecuencia, teniendo en consideración los antecedentes personales esgrimidos en esta audiencia, donde aparece que es mujer que ejerce una actividad comercial informal, y no existiendo oposición ni controversia por el Ministerio Público que no compareció en estrados, se dará lugar a los solicitado por su defensa.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que disponen las normas legales ya citadas y lo que se preceptúa en los artículos 370 del Código Procesal Penal 3 y 4 de la Ley 18.216, SE REVOCA, en su parte apelada, la sentencia dictada en audiencia de veintidós de marzo pasado, por el Juzgado de Garantía de Concepción que no dio lugar a la pena sustitutiva de remisión condicional solicitada y, en su lugar, se decide que se otorga dicha pena sustitutiva, contemplada en el artículo 3 de la ley 18.216, a la condenada EMA CARMEN SAAVEDRA CEA. Regístrese, notifíquese y devuélvase por la vía correspondiente Rol N° 460-2025 Penal

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción PMR/cms Concepción, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción del primer párrafo del considerando Quinto, que se elimina. Y se tiene en su lugar presente: 1°) Que no fue controvertido en la audiencia respectiva la concurrencia de los requisitos de las letras a) y b) del artículo 4° de la Ley 18.216. Por su parte, el requ

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