CATALÁN/BANCO DEL ESTADO D E CHILE
Rol
Fecha
21 de abril de 2025
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Que de los antecedentes y teniendo en consideración a que conforme al artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, el juez puede no dar curso a la demanda únicamente cuando no se contienen las indicaciones de los tres primeros números del artículo 254 de ese cuerpo legal; y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del ya citado Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada dictada el dieciocho de febrero de dos mil veinticinco, por el Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago y, en su lugar, se decide que el juez a quo deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Devuélvase la competencia. N°Civil-3917-2025.
Fallo
se decide que el juez a quo deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Devuélvase la competencia. N°Civil-3917-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de abril de dos mil veinticinco. VISTO: Que de los antecedentes y teniendo en consideración a que conforme al artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, el juez puede no dar curso a la demanda únicamente cuando no se contienen las indicaciones de los tres primeros números del artículo 254 de ese cuerpo legal; y de conformidad con lo dispuesto en los artíc
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