PROA S.A/PROMAIZ S.A
Rol
Fecha
23 de abril de 2025
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple; habida consideración, además, que los oficios no constituyen medios probatorios contemplados en la ley, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles el recurso de apelación interpuesto por la demandante, con fecha seis de febrero del año en curso (folio N°56), en contra de la resolución de fecha treinta y uno de enero del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-2596-2025.imm
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles el recurso de apelación interpuesto por la demandante, con fecha seis de febrero del año en curso (folio N°56), en contra de la resolución de fecha treinta y uno de enero del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-2596-2025.imm
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de abril de dos mil veinticinco. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites q
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