JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MP C/ BENJAMIN ALEXANDER CAEL VENEGAS GONZALEZ

Rol

Fecha

19 de abril de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: 1.- Que, la Defensa de los imputados Benjamín Alexander Cael Venegas González y Matías Sebastián Avila Acevedo, se ha alzado en contra de la resolución de fecha once de abril del presente, que resolvió decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los encartados, quienes fueron formalizados por el delito de tráfico ilícito de drogas. 2.- Que, de lo expuesto por los intervinientes en estrados, en relación a la concurrencia de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal,

Fundamentos

considerando el estándar procesal requerido en esta etapa inicial de la investigación, aparece que, se satisfacen los presupuestos materiales del ilícito, sin perjuicio de las alegaciones de fondo que se pudieran realizar en el curso del procedimiento. 3.- Que, respecto de la necesidad de cautela, las circunstancias del ilícito, la gravedad del mismo, la prognosis de pena, el bien jurídico protegido, la cantidad de droga incautada y la circunstancia que ambos encartados mantienen procesos de investigación pendientes y cautelares vigentes, permiten a esta Corte concluir, que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y los fines del procedimiento, resultando idónea para su resguardo la medida impuesta por el juez a quo.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha once de abril del actual, dictada por el Juzgado de Garantía de Chillán que resolvió decretar la prisión preventiva a Benjamín Alexander Cael Venegas González y a Matías Sebastián Ávila Acevedo. Notifíquese. Devuélvase inmediatamente. N°Penal-300-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A de Chillán Chillán diecinueve de abril de dos mil veinticinco. VISTO: 1.- Que, la Defensa de los imputados Benjamín Alexander Cael Venegas González y Matías Sebastián Avila Acevedo, se ha alzado en contra de la resolución de fecha once de abril del presente, que resolvió decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los encartados, quienes fueron formalizados por el delito de

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