GONZÁLEZ TAPIA, ROLANDO ANDRÉS/TERCER JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA
Rol
Fecha
17 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Rolando González Tapia, abogado por doña NATALIA CATALINA ROJAS ARAYA, estudiante, con domicilio en calle Periodista Mario Peña Carreño N°5446, comuna de La Serena, demandante en proceso civil caratulado “ROJAS ARAYA NATALIA CATALINA/HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE LA SERENA Y OTRO”, tramitada bajo el Rol C-1205-2024 del Tercer Juzgado de Letras de La Serena, interponiendo falso recurso de hecho en contra de la resolución de doce de septiembre de dos mil veinticuatro, en virtud de la cual se concedió un recurso de apelación subsidiario interpuesto por la codemandada Servicio de Salud de Coquimbo, en contra de la resolución de 04 de septiembre de 2024, que tuvo por no presentado el escrito de excepciones dilatorias. Señala que el 22 de agosto de 2024, la codemandada Servicio de Salud de Coquimbo interpuso excepciones dilatorias a la demanda. Sin embargo, por resolución de 26 de agosto del mismo año, el tribunal resolvió que previo a proveer la presentación, el Servicio de Salud diera cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N°20.886, debiendo ratificar dentro de quinto día el patrocinio ante el Ministro de Fe del tribunal, bajo apercibimiento de tenerse por no presentado el escrito. Luego, mediante resolución de 04 de septiembre del mismo año, el tribunal a quo, previa constatación de no haberse dado complimiento por la parte demandada del apercibimiento decretado el 26 de agosto, resolvió: “téngase por no presentado el escrito de excepciones, de fecha 22 de agosto de 2024, de folio 17.” Relata que, contra esta última resolución la parte demandada interpuso recurso de reposición con apelación en subsidio, siendo resuelta esta impugnación por el tribunal a quo el 12 de septiembre de 2024, rechazando la reposición y concediendo apelación subsidiaria en contra de la resolución de 04 de septiembre de 2024. Luego, la recurrente argumenta que el tribunal a quo concedió una apelación subsidiaria im
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad además con lo prescrito en el artículo 196 y 203 del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el falso recurso de hecho interpuesto por el abogado Rolando González Tapia, en contra de la resolución de doce de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada en los autos Rol C-1205-2024 del Tercer Juzgado de Letras de La Serena y, en su lugar, se declara que no se concede la apelación subsidiaria interpuesta por la codemandada Servicio de Salud de Coquimbo el diez de septiembre de dos mil veinticuatro (folio 27), en contra de la resolución dictada el cuatro de septiembre del mismo año, por improcedente. Déjese copia de lo resuelto en causa Rol 1446-2024, de esta Corte, y devuélvase la misma por interconexión. Comuníquese lo resuelto. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol 1463-2024 Civil.
Texto Completo (Preview)
Rojas Araya, Natalia Catalina Jueza 3º Juzgado de Letras de La Serena Recurso de hecho (falso) Rol Nº1463-2024 Civil. La Serena, diecisiete de abril de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Rolando González Tapia, abogado por doña NATALIA CATALINA ROJAS ARAYA, estudiante, con domicilio en calle Periodista Mario Peña Carreño N°5446, comuna de La Seren
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