10º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

GUZMÁN/CAJA DE PREVISION DE LA DEFENSA NACIONAL

Rol

Fecha

19 de mayo de 2025

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil. 2°) Que, así las cosas, encontrándose la decisión recurrida dentro de las hipótesis señaladas en el

Fundamentos

considerando primero, la misma no es susceptible de ser impugnada mediante el recurso de apelación, motivo por el cual el presente arbitrio no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandada el veinte de marzo de dos mil veinticinco (folio N° 126), en contra de la resolución de diecisiete del mismo mes y año (folio N° 125 – cuaderno principal). Devuélvase. N°Civil-5362-2025.jzc

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°) Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil. 2°) Que, así las cosas, encontrándose la decisión recurrida dentro de las hipótesis señaladas en el

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