SIN INFORMACION

TEUQUE/CONTRALORÍA

Rol

Fecha

17 de abril de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Primero: Que, la razón de ser del recurso de protección es someter al imperio del derecho las acciones u omisiones ilegales y arbitrarias que importen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de aquellas garantías constitucionales indicadas taxativamente en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Segundo: Que, conforme consta de los antecedentes del líbelo, el conflicto que allí se expresa, dice relación con la supuesta actuación ilegal o arbitraria de la Contraloría Regional de La Araucanía, expresada en la dictación de la Resolución Exenta Nº 41937/2025, que desestima la solicitud de reconsideración de la Resolución Exenta N°19.987/2024 y por medio de la cual, se debía dar inicio del procedimiento de invalidación del concurso público para proveer un cargo vacante en la planta administrativa grado 15° de la Municipalidad de Chol-Chol. Tercero: Que, la resolución impugnada por la actora, ordenó el inicio de un proceso de invalidación, el cual por su naturaleza tiene efectos erga omnes, por lo que en el evento de acogerse la acción constitucional intentada, se afectarían derechos de terceros, no emplazados en autos, y por ende, excede el ámbito de una acción cautelar y de emergencia. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido a folio N° 1, presentado por doña Celinda Fabiola Teuque Teuque en contra de la Contraloría General de la República. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° Protección-1845-2025.(jog)

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE el recurso de protección deducido a folio N° 1, presentado por doña Celinda Fabiola Teuque Teuque en contra de la Contraloría General de la República. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° Protección-1845-2025.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diecisiete de abril de dos mil veinticinco. Proveyendo al escrito folio N° 1 y N° 3: A todo: Estese a lo que se resolverá. Vistos: Primero: Que, la razón de ser del recurso de protección es someter al imperio del derecho las acciones u omisiones ilegales y arbitrarias que importen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de aquellas garantías constitucion

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica