EN FAVOR DICHOZA MORILLO CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.
Rol
Fecha
17 de abril de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Con fecha 10 de abril del año en curso, comparece doña Carla Nicole Cañón Rubio, abogada, cédula de identidad N.º 17.675.032-4, en representación de doña Dichosa Morillo Valenzuela de nacionalidad dominicana, Cédula de Identidad número 26.909.030-8, quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, de conformidad a los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que en su presentación expuso. Indica que la amparada ingresó su solicitud de residencia definitiva cumpliendo con todos los requisitos legales para tal efecto; sin embargo, es notificado por parte del Servicio Nacional de Migraciones dependiente del Departamento de Extranjería y Migración, del contenido de la Resolución Exenta N° 24419634, la cual dispuso archivar su residencia por el no cumplir con los requisitos legales. Precisa que, el servicio recurrido en ningún momento le solicitó antecedentes adicionales durante su tramitación, pudiendo considerarse este actuar como un comportamiento antojadizo por parte del servicio recurrido, pues no se le debería dar menor grado de importancia al envío formal de notificaciones que permitan un avance correcto de la postulación, siendo el caso que si un requerimiento de antecedentes adicionales no es notificado por ninguna de las vías o plataformas a las que el amparado puede tener acceso, es imposible que el postulante pueda dar cumplimiento con lo solicitado por la autoridad migratoria para esclarecer su verdadera situación, conforme lo ordena el artículo 31 de la Ley 19.880. Cabe mencionar que la amparada si cumple con todos los requisitos legales y
Fallo
por tanto no se justifica el actuar antojadizo de parte de la recurrida. Previas citas legales, pide tener por interpuesto recurso de amparo; acogerlo, y en definitiva se deje sin efecto el acto administrativo terminal que rechazó su solicitud de nacionalidad, ya que la amparada sí cumple con todos los requisitos previstos por la normativa. Con fecha 16 de abril de 2025, evacúa su informe don Sebastián Miguel Aguirre Cabello, abogado de la Dirección Regional del Libertador General Bernardo O´Higgins del Servicio Nacional de Migraciones quien procedió a evacuar el respectivo informe, indicando que doña Dichosa Morillo Valenzuela, nacional de Republica Dominicana, con fecha 26 de abril de 2021, por medio de Resolución Exenta N° 56027, el Departamento de Extranjería y Migración otorgó visa temporal, por el período de 1 año y en calidad de titular. Agrega que mediante notificación de fecha 08 de julio de 2023, a través de la plataforma "SIMPLE" de la página web de este Servicio, ingresó la solicitud de residencia definitiva N° ID 66392861. Indica que, mediante notificación de fecha 14-05-2024 se le comunicó respecto de la insuficiencia documental en su solicitud, otorgándole el plazo de 10 días hábiles a fin presentar los antecedentes requeridos por esta autoridad, bajo apercibimiento de rechazar la solicitud en caso de no dar cumplimiento a lo requerido. Destaca que de acuerdo a lo informado por PDI, la extranjera de autos se encuentra fuera del país desde 16 de diciembre d
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C.A. de Rancagua Rancagua, diecisiete de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Con fecha 10 de abril del año en curso, comparece doña Carla Nicole Cañón Rubio, abogada, cédula de identidad N.º 17.675.032-4, en representación de doña Dichosa Morillo Valenzuela de nacionalidad dominicana, Cédula de Identidad número 26.909.030-8, quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Mi
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