KARLA DE LA PAZ QUIROZ FARIAS C/ DAVID ANDRE FUENTES ALBARRACIN ; JOSE MANUEL RODRIGUEZ TAPIA
Rol
Fecha
17 de abril de 2025
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de lo expuesto por las partes y concurriendo todos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, teniendo especialmente en consideración la gravedad de la pena asignada al delito, el tipo de droga incautada, y que los imputados actuaron en grupo o pandilla, SE CONFIRMA la resolución apelada de diez de diez de abril de dos mil veinticinco, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de los encartados por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad, no manteniendo éstos arraigo en el lugar del juicio. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 282-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica. Arica, diecisiete de abril de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol: 282-2025 Penal Ruc: 2500487735-K RIT: 2680-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministro señor José Delgado Ahumada, Ministro (I) señor Héctor Gutiérrez Massardo y Fiscal Judicial señor Juan Manuel Escobar Salas. Relator (a): María Pía Bustamante Müller Digitador (a):
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