JUZGADO DE LETRAS DE VILLARRICA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

23 de abril de 2025

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Sergio Cordero Villablanca, en contra de la resolución de fecha veinte de marzo del dos mil veinticinco, escrita a folio 44 en el expediente digital, por improcedente, atendido su forma de interposición y la naturaleza de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-215-2025.(acl)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Sergio Cordero Villablanca, en contra de la resolución de fecha veinte de marzo del dos mil veinticinco, escrita a folio 44 en el expediente digital, por improcedente, atendido su forma de interposición y la naturaleza de la resolución recurrida. Devuélvase. N°Familia-215-2025.(acl)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintitrés de abril de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 N° 2 y 3 de la Ley 19.968, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por el abogado don Sergio Cordero Villablanca, en contra de la resolución de fecha veinte de marzo del dos mil veinticinco, escrita a folio 44 en el expedient

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